HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adherir en todos sus términos a la convocatoria a elecciones en el ámbito de la Provincia

VISTO
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Que El gobernador de la Provincia del Chubut, Mariano
Arcioni, convocó a elecciones en la Provincia del Chubut, en la que se establece la
realización de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y para las elecciones generales;

Que en este marco, la provincia del Chubut tendrá
elecciones desdobladas de la fecha de las nacionales para elegir Gobernador y
Vicegoberador, Diputados Provinciales, Intendentes, Jefes Comunales y miembros
del Consejo de la Magistratura en Comodoro Rivadavia, Puerto Madryn y
Sarmiento;

Que como Municipio consideramos que es facultad del
Ejecutivo Provincial decretar el adelanto de las elecciones;

Que el Superior Tribunal de Justicia de la Pcia del Chubut
manifestó que existe jurisprudencia a favor del adelantamiento de las elecciones y

que ante presentaciones de un amparo contra el desdoblamiento, aclaró que la Corte
Provincial falló a favor de la determinación adoptada por el Ejecutivo;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1: Adherir en todos sus términos a la convocatoria a elecciones en el
ámbito de la Provincia del Chubut establecida por el Ejecutivo Provincial para la
realización de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y las
elecciones generales.-

Artículo 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El

Hoyo en sesión Ordinaria del día 05 de diciembre del año 2018.-

Modificada por Ordenanza N° 17/2019