INSTITÚYASE para el último sábado de Enero de cada año, "El Día Sin Alcohol"
VISTO:
La ley XVI N° 46 (antes ley 3098 Orgánica de Corporaciones Municipales);
Y CONSIDERANDO:
Que en la vecina localidad de El Bolsón, se instituyó desde el
año 2013 para el último sábado de enero de cada año, "Día sin alcohol";
Que, esta medida fija el horario de 08:00 Hs. a 08:00 Hs. del
día posterior, como horario de cumplimiento de la Ordenanza;
Que esta norma surge del suceso ocurrido en el año 2011
cuando tres jóvenes mochileros que habían decidido visitar la región, hallaron la
muerte cuando fueron embestidos al costado de la ruta 40 Norte, a unos setenta
metros de los señaladores del ingreso a la localidad de El Bolsón, por un sujeto en
total estado de ebriedad, que luego intentara fugarse;
Que se han mantenido diversas reuniones entre los HCD de
los municipios de El Bolsón, Lago Puelo y El Hoyo, abordando esta problemática
que nos afecta de forma comarcal;
.
POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: INSTITÚYASE para el último sábado de Enero de cada año, "El Día
Sin Alcohol", en todo el ejido municipal de El Hoyo.-
Artículo Nº 2: FIJASE que a los efectos de cumplir con lo dispuesto en el Artículo
1° de la presente, queda prohibida la venta, expendio o suministro de todo tipo de
bebidas alcohólicas, al copeo o en envases cerrados, en todo el ejido de El Hoyo,
dentro del período comprendido entre las 08:00 de dicho día y las 08:00 horas del día
siguiente.-
Artículo Nº 3: La autoridad de aplicación y de fiscalización de la presente
Ordenanza será la Municipalidad de El Hoyo y aquellas áreas de competencia.
Artículo Nº 4: FIJASE que el incumplimiento de la prohibición establecida en el
artículo 2° de la presente, será sancionado con multa de 500 a 2000 módulos fiscales
y clausura inmediata por diez (10) días seguidos, del local comercial, cualquier
rubro.-
Artículo Nº 5: INTRUYASE al Ejecutivo Municipal a que destine los importes
recaudados por la aplicación de la presente Ordenanza para organizar campañas de
prevención, educación y fomento de actividades que despierten interés positivo en la
comunidad del ejido municipal, per sé o en coordinación y con acompañamiento de
otras organizaciones comprometidas con el fin preventivo y educativo que establece
esta norma. El Municipio podrá destinar los espacios necesarios para la realización
de las actividades de "Un Día y Noche Sin Alcohol".-
Artículo Nº 6: INVITASE a la Legislatura de la Provincia, a efectuar normas de
apoyo a las medidas que establece la Ordenanza.
Artículo Nº 8: La Municipalidad de El Hoyo instituirá dentro de su calendario anual
el último sábado de enero de cada año como "Un día sin Alcohol (24 horas).
Artículo Nº 9: De Forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 05 de diciembre del año 2018.