DESAFECTAR la calle pública del expediente 718/03, ubicada entre las parcelas 2 y 6
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, el Expte.
Administrativo 17585/1982 "Petronila Cañumir", Expte 718-03, Plano Nº 20742
Y CONSIDERANDO:
Que de las inspecciones practicadas surge que la vivienda de
Petronila Cañumir, la cual corresponde al plan de viviendas hídricas, fue construida
sobre la calle pública.
Que atento a esta invasión, surge la necesidad de redistribuir y
afectar la calle por donde realmente se encuentra emplazado;
Que a los fines de realizar el proyecto de gas es necesario que
el estado parcelario coincida con la realidad;
Que es facultad del HCD dictar la presente ordenanza;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: DESAFECTAR la calle pública del expediente 718/03, ubicada
entre las parcelas 2 y 6 de 63,31 mts. (sobre la parcela 2).-
Artículo Nº 2: AFECTAR la calle pública sobre la real traza, tal como surge del
proyecto de mensura que como ANEXO I, forma parte de la presente.
Artículo Nº 3: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todos
los trámites necesarios, para la correcta tramitación y modificación de la calle
afectada.
Artículo Nº 4: La nueva calle tendrá el mismo nombre..
Artículo Nº 5: DE FORMA.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de El Hoyo en sesión ordinaria del día 07 de noviembre del año 2018