HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Solicitar al DEM que el pago mensual de contrataciones no sea inferior al valor establecido en el salario mínimo vital y móvil

VISTO
La Ley XVI Nº 46, Ordenanza Municipal Nº 100/2017;
Y CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de El Hoyo en uso de las atribuciones
conferidas por la reglamentación vigente cuenta con contratos de personal,
distribuidos en las diversas áreas municipales;
Que atento a la crisis económica en que se encuentra el país
resulta necesario que ningún contratado perciba su remuneración por debajo del
valor establecido en la canasta básica.

POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Solicitar al DEM que el pago mensual de contrataciones que efectué
la Corporación Municipal en la prestación de servicio personal no sea inferior al
valor establecido en el salario mínimo vital y móvil, según datos establecidos por el
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO
MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, creado por la Ley N° 24013 y sus modificatorias del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA
NACIÓN.
Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El
Hoyo en sesión especial del día 12 de diciembre del año 2018.