MODIFIQUESE el convenio colectivo de trabajo
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46 y la Ordenanza
Municipal 102/2011" Convenio colectivo de trabajo":
Y CONSIDERANDO:
Que en el año 2011 se realizó el convenio colectivo de
trabajo en el cual en su artículo 36 informa que "los agentes que acrediten la
posesión de un título de estudios percibirán una bonificación por título";
Que cuando se confeccionó el convenio colectivo de trabajo no
hacia la diferenciación entre el título terciario y universitario, faltando el de nivel
terciario;
Que es necesario la incorporación del nivel terciario ya que
hay empleados con estudios de ese nivel;
Que es voluntad de este cuerpo atender las necesidades de
todos los empleados municipales;
POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: MODIFIQUESE el artículo 36 de la Ordenanza municipal
Nº102/2011 del convenio colectivo de trabajo el cual quedará redactado de la
siguiente manera:
Los agentes que acrediten la posesión de un título de estudios percibirán una
bonificación por título que se liquidará aplicando los porcentajes que se indican
a continuación:
a) Título Universitario 25% del básico de la clase 10
b) Título Terciario 22% del básico de la categoría 8
c) Secundario hasta 5 años 18% del básico de la clase 5
d) Ciclo Básico secundario 10% del básico de la clase 4
Artículo Nº 2: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.-.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de El Hoyo en sesión extraordinaria del día 28 de enero del año 2019.-