HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Autorizar por vía de excepción al sr. José Emilio Martínez

VISTO:
La ley Provincial XVI Nº 46, Ordenanza Municipal 154/12 y la nota recibida
nº 397/18,
Y CONSIDERANDO:
Que es voluntad de este cuerpo deliberativo acceder a la
solicitud planteada por el sr. José Emilio Martínez mediante la nota citada en visto;
Que es voluntad de este cuerpo generar en nuestra localidad
asentamientos de empresas que generen posibilidades laborales;
Que esta actividad no genera ningún impacto negativo en el
medio ambiente, ya que solo es acopio y distribución de mercaderías;
Que es de agrado que este tipo de emprendimientos de instalen
en nuestra localidad;
Que es voluntad de este HCD dejar en claro que esta actividad
tendrá un horario de actividad comercial para no generar inconvenientes entre los
vecinos del sector;
POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Autorizar por vía de excepción al sr. José Emilio Martínez DNI nº
11.403.999 la construcción y habilitación comercial de un depósito de acopio y
distribución de mercaderías, ubicado en la circunscripción 1, sector 2, chacra 6,
parcela 10, de este ejido municipal.
Artículo Nº 2: Establecer el horario de carga y descarga de 09:00 hs a 20:00 hs, de
lunes a sábado, el cual solo deberá realizarse dentro del predio habilitado.
Artículo Nº 3: Los transportes con sistema de refrigeración no deberán permanecer
con los motores encendidos en el lugar.-
Artículo Nº 4: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de El Hoyo en sesión ordinaria del día 13 de marzo del año 2019.