ADOPTAR el cronograma electoral
VISTO
La Ley XVI Nº 46, Art. 20 de la ley 26.571, el Cronograma Electoral Nacional y la
nota del Ministerio de Gobierno de la Provincia del Chubut N° 131/2019 MG, La Acordada
Extraordinaria N° 7/19 de la Excelentísima Cámara Nacional Electoral.
Y CONSIDERANDO:
Que a través de la Acordada Extraordinaria citada en el Visto la
Excma. Cámara Electoral Nacional aprobó el Cronograma Electoral nacional en los términos
y plazos reglados por la Ley Nacional Nº 26.571 y el Código Electoral Nacional
Que este Concejo Deliberante considera oportuno adherir a las
convocatorias establecidas en el Cronograma Electoral Nacional, mediante los instrumentos
legales antes referidos en concordancia con las fechas por aquellos establecidos haciendo lo
propio para los cargos electivos de las autoridades de la administración municipal conforme
la ley aplicable en la materia;
Que la nota del Ministerio de Gobierno de la Provincia del Chubut,
mencionada en el visto, solicita a las Municipalidades que no hayan convocado con
anterioridad, se adhieran a las fechas establecidas en el Cronograma Electoral Nacional;
Que la Ley XVI - N° 46 y modificatorias, faculta a este Concejo
Deliberante a sancionar el instrumento correspondiente.
POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: ADOPTAR el cronograma electoral aprobado por la Acordada
Extraordinaria N° 7/19 de la Cámara Nacional Electoral que como ANEXO I forma parte de
la presente para la elección de los cargos públicos electivos municipales conforme lo
establece la Ley XVI - N° 46 y modificatorias y el artículo 66° de la Ley XII - N° 9 y
modificatorias.-
Artículo Nº 2: CONVOCAR para el día 11 de agosto de 2019, a elecciones Primarias,
Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para la elección de los cargos de Intendente, (cuatro) de
Concejales Titulares y (tres) de Concejales suplentes de acuerdo con lo establecido por la
Ley XVI - N° 46 y modificatorias de Corporaciones Municipales.
Artículo Nº 3: CONVOCAR para el día 27 de octubre de 2019, a comicios generales para la
elección de los cargos electivos descriptos en el artículo precedente de acuerdo con lo
establecido por la Ley XVI - N° 46 y modificatorias de Corporaciones Municipales.
Artículo Nº 4: DECLARAR abierto el padrón suplementario de extranjeros a partir de la
sanción de la presente ordenanza hasta la fecha prevista aprobada por el Tribunal Electoral
Provincial y/o Nacional, según corresponda.
Artículo Nº 5: DELEGAR en el Tribunal Electoral Nacional las competencias inherentes a
sus facultadas para el proceso electoral aprobado por la presente ordenanza de acuerdo con
lo establecido por el artículo 16° de la Ley XVI - N° 46 y modificatorias de Corporaciones
Municipales.
Artículo Nº 6: NOTIFICAR de la presente ordenanza al Poder Ejecutivo Provincial,
Nacional, como así también, al Tribunal Electoral Provincial y Nacional.
Artículo Nº 7: REGÍSTRESE, Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo para
su promulgación, y cumplido ARCHÍVESE.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El
Hoyo en sesión Ordinaria del día 08 de mayo del año 2019.