ACEPTAR la donación de cincuenta (50) garrafas
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, las Ordenanzas
Municipales N° 15/2021 y 29/2021 y el Expediente N° 042/2021 MEH.
CONSIDERANDO:
Que, nuestra localidad se ha visto afectada por los incendios
ocurridos el día 9 de marzo del corriente año, por lo cual el Honorable Concejo
Deliberante mediante ordenanza Nº 015/2021 declara el estado de catástrofe ígnea y
emergencias derivadas.
Que, tal como surge del Expte. N° 42/2021, en el marco de esta
emergencia el nueve de abril del corriente la empresa PETROCHUBUT GAS
–PETROMINERA, CUIT N° 30-99929434-1, ha donado a este municipio cincuenta
(50) garrafas de 10 Kg cargadas, siendo necesario aceptar la donación e incorporar
los bienes al patrimonio municipal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente
ORDENANZA
Artículo 1º: ACEPTAR la donación de cincuenta (50) garrafas de 10 Kg cargadas
por parte de la empresa PETROCHUBUT GAS- PETROMINERA, CUIT N° 30-
99929434-1.-
Artículo 2: INCORPORAR, la donación a los bienes al patrimonio municipal.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de El Hoyo, en sesión especial a los 19 días del mes de abril de 2021.-