Creación de Unidad Ejecutora - Construcción de viviendas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 036/2021 HCD MEH.
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, EL PROGRAMA CASA PROPIA –CONSTRUIR FUTURO
PARA EL MEJORAMIENTO DE 12 VIVIENDAS Y LA CONSTRUCCION DE 30
VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE EL HOYO-CHUBUT;
CONSIDERANDO:
Que, asimismo las tareas tendientes a definir modelos de
trabajos y procedimientos de contratación para la realización de las acciones
necesarias en la puesta en marcha o continuación de las obras, en todos sus ámbitos,
es conveniente sean coordinadas y ejecutadas por una UNIDAD EJECUTORA
MUNICIPAL que asuma la responsabilidad de las gestiones y formulaciones.
Que dicha UNIDAD EJECUTORA MUNICIPAL tendrá a su
cargo la construcción, gestión, dirección, coordinación e inspección de las obras en
la etapa de ejecución, las tareas de auditoría, monitoreo y control de todos los
aspectos de las mismas, pudiendo intervenir en cada una de sus etapas, efectuando
correcciones, modificaciones y/o reformulaciones que las mismas requieran;
Que asimismo será atribución y responsabilidad de la UNIDAD
EJECUTORA MUNICIPAL la gestión compartida de los recursos necesarios para la
formulación y/o ejecución efectiva de las obras;
Que las tareas, atribuciones y responsabilidades de la UNIDAD
EJECUTORA MUNICIPAL estarán a cargo de un COORDINADOR GENERAL,
quien será designado por el Departamento Ejecutivo;
Que la concentración de las tareas relativas a la construcción,
gestión y dirección de proyectos ejecutivos y/o técnicos de las obras en una unidad
permite un mejor y efectivo seguimiento de los proyectos y sus desarrollos;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo N° 1: Créase, bajo dependencia directa del señor Intendente Municipal, la
UNIDAD EJECUTORA MUNICIPAL DE PROYECTOS Y CONSTRUCCION DE
VIVIENDAS DOL PROGRAMA CASA PROPIA –CONSTRUIR FUTURO PARA
EL MEJORAMIENTO DE 12 VIVIENDAS Y LA CONSTRUCCION DE 30
VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE EL HOYO-CHUBUT a cargo de un
Coordinador General.
Artículo N° 2: La Coordinación de la Unidad Ejecutora estará a cargo del Secretario
de Obras y Servicios Públicos e integrada por 3 miembros; uno con funciones
administrativas, uno con funciones de proceso de control de paneleria y otro con
funciones de implantación y montaje, quienes deberán dar ejecución de acuerdo al
Proyecto realizado por el Colegio de Arquitectos. Este ultimo es el encargado de
efectuar el certificado final de obra
Artículo N° 3: La UNIDAD EJECUTORA MUNICIPAL, en las obras que se
ejecuten por el sistema por administración, será la responsable de la formulación de
proyectos ejecutivos y/o técnicos y tendrá a su cargo la construcción, gestión,
dirección, coordinación, inspección de las obras en la etapa de ejecución, las tareas
de auditoría, monitoreo y control de todos los aspectos de las mismas, pudiendo
intervenir en cada una de sus etapas, efectuando correcciones, modificaciones y/o
reformulaciones que las mismas requieran.-
Asimismo, coordinará las acciones necesarias con las otras áreas del Municipio para
la definición del modelo de trabajo y procedimientos de contratación que las mismas
obras requieran, como así del personal municipal que las mismas necesiten, de
conformidad con los procedimientos previstos por la Ley de Corporaciones
Municipales y Leyes de Contrataciones del Estado de la Provincia de Chubut,
debiendo imputarse los gastos a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo N° 4: Los miembros de la Unidad Ejecutora, no podrán ser parte de
contrato alguno que sea dispuesto por la Unidad Ejecutora. Tal prohibición alcanza a
las contrataciones por sí o por interpuesta persona.-
Artículo N° 5: El gasto que demande la presente no podrá superar el 5% de los
fondos provenientes de nación en el marco del proyecto y construcción de viviendas
"Programa Casa Propia- Construir Futuro para el mejoramiento de 12 viviendas y la
construcción de 30 viviendas en la Localidad de El Hoyo- Chubut".-
Artículo N° 6: Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones
presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza e
incorporar o reasignar a la UNIDAD EJECUTORA MUNICIPAL el personal técnico
idóneo para la ejecución del programa.
Artículo N° 7: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese. -
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de El Hoyo, en sesión ordinaria del día 28 de abril de 2021.