ACEPTAR donación de los diez (10) generadores
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, la Ordenanza
N° 15/2021, y el expediente 035/2021 MEH.
CONSIDERANDO:
Que, nuestra localidad se ha visto afectada por los incendios
ocurridos el día 9 de marzo del corriente año, por lo cual el Honorable Concejo
Deliberante mediante ordenanza Nº 015/2021 declara el estado de catástrofe ígnea y
emergencias derivadas.
Que, en el marco de esta emergencia el día tres de abril de
corriente año LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS
ULTIMOS DIAS, CUIT N° 30-54485781-5 donó a la municipalidad 10 generadores
marca SHIMURA KGE 8500 TCE 7500 W monofasico220V, tal como se detalla en
el ANEXO I.
Que, tal como surge del Expte. de referencia estos bienes han
sido debidamente registrados en el patrimonio municipal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente
ORDENANZA
Artículo 1º: ACEPTAR, los diez (10) generadores marca SHIMURA KGE 8500
TCE 7500 W monofásico 220V detallados en el ANEXO I, donados por LA
IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ULTIMOS DIAS, CUIT
N° 30-54485781-5.
Artículo 2º: INCORPORAR la donación a los bienes al patrimonio municipal.-
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese. -
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de El Hoyo, a los 28 días del mes de abril de 2021.