ACEPTAR, la donación de materiales de construcción por parte de la empresa CARLOS ISLA
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, la Ordenanza
Nº 015/2021 y Expediente 024/2021 MEH.
CONSIDERANDO:
Que, nuestra localidad se ha visto afectada por los incendios
ocurridos el día 9 de marzo del corriente año, por lo cual el Honorable Concejo
Deliberante mediante ordenanza Nº 015/2021 declara el estado de catástrofe ígnea y
emergencias derivadas.
Que, en el marco de esta emergencia el día 18 de marzo del
corriente año la empresa CARLOS ISLA Y CIA S.A, CUIT N° 30-529004657-6 ha
donado a este municipio materiales de construcción, según detalle obrante a fs. 2 a 6
del Expte. N° 24/2021 y que se anexa a la presente, por un monto de pesos cinco
millones nueve mil quinientos veintidós con ochenta y siete centavos
($5.009.522,87).
Que, los materiales de construcción han sido debidamente
registrados en las planillas de alta de bienes reales municipales, tal como surge de fs.
7 a 18 del expediente de referencia.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente
ORDENANZA
Artículo 1º: ACEPTAR, la donación de materiales de construcción por parte de la
empresa CARLOS ISLA Y CIA S.A., CUIT N° 30-529004657-6 que se detallan en
el ANEXO I de la presente ordenanza. -
Artículo 2º: INCORPORAR, la donación a los bienes al patrimonio municipal.-
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de El Hoyo, a los 26 días del mes de Mayo de 2021.-