Declarar Emergencia Comunicacional
DECLARACION MUNICIPAL Nº /2021 HCD MEH.
VISTO:
La ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales; la falta de conectividad.
Y CONSIDERANDO:
Que la localidad de El Hoyo, padece una grave falencia comunicacional que perjudica gravemente la cotidianeidad de sus habitantes,
Que a la fecha la Localidad de El Hoyo no cuenta con conectividad mediante datos móviles, llámese servicio de 3G y/o 4G,
Que el Ejido Municipal de El Hoyo se encuentra emplazado a 150 km hacia el norte de la importante ciudad turística de San Carlos de Bariloche en la provincia de Río Negro, y con la ciudad de Esquel en Chubut a 165 km al sur; y más allá de estas dos ciudades a todo el oeste montañoso argentino sobre las faldas de la Cordillera de los Andes; sus coordenadas geográficas son de 42º03"48"" S y 71º31"13"" O latitud sur y longitud oeste respectivamente, emplazada a ambos lados de la Ruta Nacional Nº 40 Ex 258 sobre una extensión longitudinal de 16,1km,
Que el Ejido municipal se compone de un casco urbano y diversos parajes rurales alejados notablemente del sector donde se concentran las actividades e instituciones.
Que debido a sus características topográficas en determinados sectores/parajes de la localidad los vecinos y vecinas no tienen señal de telefonía celular, quedando aislados a nivel comunicativo del casco urbano y resto de la población;
Que la extensión hace que los parajes se encuentren a gran distancia unos de otros siendo necesario contar con conectividad para poder acceder a los servicios de Emergencia, como ser Bomberos Voluntarios, Hospital, Policía y otros, pero también para el normal desarrollo cotidiano de la población;
Que desde el punto de vista educativo resulta necesaria la conectividad, constituyendo la ausencia de la misma la falta de acceso a la información, negando la posibilidad de los niños, niñas, jóvenes y adolescentes de verse incluidos académicamente, perjudicando el nivel académico de aquellos que no cuentan con dicho servicio,
Que el acceso a la conectividad contribuiría a una educación inclusiva reduciendo la brecha digital en que se encuentran inmersos los ciudadanos y aumentado la calidad educativa,
Que dada la Pandemia por COVID 19 la mayoría de nuestros vecinos se han visto obligados a desempeñar su actividad laboral bajo la modalidad teletrabajo (home office) y que todos los estudiantes de la localidad continuaron el dictado de sus clases correspondientes a los ciclos lectivo 2020 y 2021 bajo la modalidad virtual a través de las diversas plataformas,
Que la imposibilidad de acceso a la conectividad vulnera el derecho a la igualdad, el acceso a la información, el derecho a la educación, el derecho al trabajo entre otros.
Que muchos de los usuarios de telefonía móvil abonan mes a mes un servicio que incluye datos móviles, que las empresas que brindan el servicio no garantizan.
Que, siendo una localidad cuya economía gira principalmente en torno a las actividades Turístico Productivas, lo que hace sumamente visible la disparidad con nuestros vecinos de la comarca, poniéndonos en clara desventaja e inferioridad de condiciones a la hora de brindar los servicios mínimos relacionados al Turismo
Que el Ejido Municipal de El Hoyo pertenece al Corredor de los Andes de la Comarca Andina del Paralelo 42, siendo una de las localidades, que lo compone que aún no cuenta con servicio de acceso a conectividad por datos móviles.
Que es facultad de este Honorable cuerpo la sanción de la presente declaración,
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
sanciona con fuerza de
DECLARACION:
Artículo 1°: DECLARAR la EMERGENCIA EN CONECTIVIDAD en el Ejido Municipal de El Hoyo.-
Artículo 2°: SOLICITAR al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), arbitrar los medios necesarios de manera urgente a fin de lograr la infraestructura acorde para brindar conectividad con el objeto de acortar la brecha digital existente, garantizando el servicio.-
Artículo 3°: COMUNICAR la presente al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) para su conocimiento e intervención.
Artículo 4º: COMUNICAR la presente al Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, en Sesión Ordinaria del día 01 de Septiembre de 2021.