HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Com. Trasnporte Escolar

COMUNICACION Nº /2021 HCD MEH.
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, Ley de Educación Nacional Nº26206, la Ley de Educación de la Provincia del Chubut Nº VIII-91 , Ley III-21 Protección integral de la niñez , la adolescencia y la familia , la Resolución Conjunta ME 660 y MS 226.-

Y CONSIDERANDO
Que , la Ley 26.206 en su art. 84 indica que "El Estado debe garantizar las condiciones materiales y culturales para que todos/as los/as alumnos/as logren aprendizajes comunes de buena calidad, independientemente de su origen social, radicación geográfica, género o identidad cultural.
Que la Ley VIII-91 en sus artículos expresa: Articulo 4 La Educación y el conocimiento son un bien público, y un derecho personal y social garantizado por el Estado Provincial.
Articulo 13 a) Asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin inequidades sociales ni desequilibrios regionales, posicionando la educación como factor promotor de la Justicia Social.
Articulo 17 La obligatoriedad escolar en todo el territorio provincial se extiende desde la edad de cuatro (4) años hasta la finalización de la Educación Secundaria. El Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut asegura el cumplimento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales, comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en toda la Provincia y en todas las situaciones sociales.
Articulo 23 c) Asegurar el acceso, permanencia, tránsito y el egreso con igualdad de oportunidades, para todos los sectores de la población; atendiendo especialmente a los sectores menos favorecidos.
Que la Ley III-21 en su artículo 28 expresa: Los niños y los adolescentes tienen derecho a la educación con miras a su desarrollo integral, a su preparación para el ejercicio de la ciudadanía y a su formación para el trabajo.
En tal sentido el Estado les asegurará:
a) El acceso a la escuela pública gratuita cercana al lugar de su residencia habitual;
Que según indica la Resolución Conjunta del Ministerio de Educación y Ministerio de Salud con fecha 01 de septiembre de 2021, las clases volverán a ser presenciales en su totalidad.
Que esta situación ha dejado en evidencia la vulnerabilidad de muchas familias, que al no contar con un transporte escolar, se ven imposibilitados en lograr la asistencia escolar de sus hijos e hijas.
Que las inasistencias reiteradas continuas o alternadas afectan notablemente la trayectoria escolar de nuestros estudiantes.
Que el ciclo lectivo 2020 dejo secuelas desde el ámbito pedagógico y psicológico muy difíciles de superar, agravándose con la falta de clases de forma continua.
Que este ciclo 2021 ha adquirido pautas que normalizan las escolaridades permitiendo sobrellevar las dificultades encontradas en el año anterior, todo esto se logra con la asistencia a clases presenciales.
Que actualmente hay decenas de estudiantes de N. Inicial , Primaria, Secundaria y Adultos, que no asisten a clases debido a la lejanía de su hogar al establecimiento educativo más cercano.
Que en nuestra localidad no contamos con transporte urbano que podría alivianar la situación educativa y sociocomunitaria.
POR ELLO:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:
COMUNICACIÓN

Articulo N° 1: INSTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de que realice las acciones administrativas y/o judiciales o las que estime corresponder para garantizar el transporte escolar gratuito para todos los alumnos y alumnas que concurren a los establecimientos educativos de todos los niveles de la localidad de El Hoyo.-

Articulo N° 2: COMUNICAR la presente a la Ministro de Educación de Chubut Profesora Florencia Perata.-

Articulo N° 3: COMUNICAR la presente al Subsecretario de Autotransporte Terrestre de Chubut, Gustavo Pinchulef.

Articulo N° 4: COMUNICAR la presente al Gobernador de la Provincia del Chubut Esc. Mariano Arcioni. - -

Articulo N° 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, a los días 29 dias del mes de septiembre del año 2021.-