Licitación de espacios públicos en eventos municipales
VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46
Y CONSIDERANDO:
Que a la actualidad este Concejo no ha recibido la Rendición de Cuentas del Evento denominado "Oktoberfest".
Que en los últimos eventos organizados por la Municipalidad se observa que la adjudicación de espacios y puestos gastronómicos han sido de manera arbitraria, no equitativa en su difusión.
Que este Honorable Concejo Deliberante tiene la facultad de velar por la transparencia de los actos administrativos efectuados por la Corporación Municipal.
POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Disponer que toda licitación que tenga como fin adjudicar temporalmente, un espacio público destinado a la prestación de un servicio de tipo gastronómico o artesanal, en eventos municipales, sea mediante ofrecimiento público.
Artículo N° 2: El DEM deberá realizar el llamado a Licitación Pública con un mínimo de 20 días previos al evento. En el caso de quedar desierto el primer llamado, se realizará un segundo llamado. Si hubiera un solo oferente en cualquiera de los rubros, será adjudicado de manera directa, previa comunicación al Concejo Deliberante.
Articulo N° 3: En el caso del evento denominado Fiesta Nacional de la Fruta Fina, los productores registrados en SENASA con numero de RENSPA quedaran exentos del cobro del canon del puesto.
Artículo Nº 4: Todo lo recaudado proveniente de lo estipulado en el artículo 2, deberá ser ingresado a través del Área de Rentas Generales de la Municipalidad de El Hoyo. El DEM deberá crear las partidas correspondientes a tal fin.
Artículo N° 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, archívese.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 09 de Diciembre del año 2021.-