HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Derogar Ordenanza 051/2016 (Eximicion impuestos Bomberos Voluntarios El Hoyo).-


ORDENANZA MUNICIPAL Nº 090/2021 HCD MEH.

VISTO:
La Ley XVI – 46 y la Ordenanza Nº 051/16;

Y CONSIDERANDO:

Que la Jefatura del cuerpo activo de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo solicitó la modificación de la presente de acuerdo a lo conversado en reunión con los ediles del día 23 de Septiembre;

Que los mismos han solicitado una ampliación en el descuento que se realiza actualmente por medio de la Ordenanza Nº 051/16;

Que los Bomberos trabajan de manera voluntaria encontrándose disponibles las 24hs a disposición de la comunidad y muchos de ellos no cuentan con trabajo remunerado estable;

Que la falta de trabajo remunerado estable les dificulta el cumplimiento de sus obligaciones impositivas;

Que es voluntad de este concejo deliberante acceder a lo solicitado por la Jefatura como una forma de reconocer la incansable labor de los Bomberos y su incansable y desinteresado aporte a nuestra localidad;


POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: DEROGAR a partir del 31 de Diciembre del 2021 la Ordenanza Nº051/2016.

Artículo Nº 2: FACULTAR al DEM a eximir el 100% del impuesto inmobiliario, a los Bomberos Voluntarios del cuerpo activo que posean un bien inmueble registrado a su nombre, donde este asentada la vivienda única, familiar y permanente, ubicado dentro de la localidad de El Hoyo.

Articulo Nº 3: FACULTAR al DEM a eximir el 100% del impuesto correspondiente a patente automotor, a los Bomberos Voluntarios del cuerpo activo que posean rodado registrado a su nombre y radicado dentro de la localidad de El Hoyo.

Artículo Nº 4: La nómina del personal activo beneficiario de la presente eximición, deberá ser confeccionada por la Jefatura de Cuerpo Activo, y comunicada al DEM y al Área de Rentas de manera anual por medio de declaración jurada donde debe constar nombre, apellido y número de documento de los Bomberos Voluntarios activos.

Artículo Nº 5: La presente norma entrará en vigencia a partir del 01 de Enero del año 2022.-

Artículo Nº 6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y Cumplido Archívese.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 29 de septiembre del año 2021