Comunicacion ref. instalación del Club Nautico en Puerto Patriada.-
Hoja 1 de 1.-
COMUNICACION Nº /2022 HCD MEH.
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI N° 46, el Acta acuerdo celebrada entre la Municipalidad de El Hoyo y el Ministerio de la Producción de la Provincia del Chubut, el Decreto Nº 527/64, el Decreto Nº418/03, la Nota Recibida Nº 005/2021 HCD MEH, la Nota Remitida Nº 020/21 HCD MEH y el avance de la instalación del Club Náutico sobre un predio ubicado en Puerto Patriada;
CONSIDERANDO:
Que en el año 2021, el DEM elevó por Nota Recibida Nº 005/2021 HCD MEH la propuesta referida a la Creación de un Club Náutico en la localidad de El Hoyo;
Que en el mismo año por Nota Remitida Nº 020/21 HCD MEH este Honorable Concejo Deliberante dio respuesta a la nota mencionada en el considerando anterior, luego de ser tratada en las comisiones correspondientes solicitando un informe al DEM;
Que a fecha 21 de Febrero de 2022 ese pedido de informe no posee respuesta alguna;
Que a raíz del reclamo de vecinos y prestadores turísticos de Puerto Patriada los ediles nos anoticiamos de la delimitación de un predio que por los dichos del Secretario de Desarrollo Ecomonico, Agustín Do Nacimento, serían cedidos en comodato por cinco años al "Club Náutico Puerto Patriada", hecho constatado por los concejales Salamín y Avalos al concurrir a una reunión en el Paraje mencionado;
Que por Acta Acuerdo firmado en fecha 31 de Mayo de 2016 entre la Municipalidad de El Hoyo y el Ministerio de la Producción se establecen las condiciones de uso de las ocho hectáreas cedidas por medio del Acta Acuerdo mencionada en visto;
Que entre dichas condiciones se establece que:
a) Art. 2: El MUNICIPIO se compromete a que el predio que recibe en comodato será destinado para uso exclusivo de las actividades propuestas en el proyecto denominado Camping Municipal "Puerto Patriada" que como Anexo II forma parte integrante de la presente.
b) Art. 8: El MUNICIPIO no podrá realizar ninguna actividad o construcción sin la previa autorización de EL MINISTERIO.
c) Art. 9: El MUNICIPIO no podrá otorgar ningún derecho respecto del predio.
d) Art. 10: El MUNICIPIO podrá brindar a terceros la posibilidad de desarrollar alguna de las actividades turísticas enmarcadas en el proyecto aprobado por EL MINISTERIO. EL MUNICIPIO se compromete a que previo a otorgar cualquier permiso para desarrollar actividades solicitará la autorización de EL MINISTERIO quien dará intervención al Consejo Consultivo de la Reserva Forestal de Uso Múltiple Lago Epuyen, verificando que se encuentre dentro del proyecto aprobado y de acuerdo al Plan Estratégico de Manejo de la Reserva.
e) Art. 12: En caso de incumplimiento de lo pactado en las cláusulas del presente o vencido el plazo EL MINISTERIO recuperara el uso del predio con la totalidad de las obras, instalaciones y/o construcciones que se encuentren en él.
Que el Decreto Nº 418/03 en su Artículo Nº 14 reza: Sera función del Consejo Consultivo asesorar, con carácter no vinculante, a la Dirección General de Bosques y Parques, sobre el manejo de la Reserva Forestal de Uso Múltiple Lago Epuyén, debiendo tomar intervención en toda solicitud de uso; y en su Artículo Nº 16: Toda actividad a desarrollarse dentro de la Reserva deberá ser autorizada previamente por la Dirección General de Bosques y Parques y deberá atenerse a la reglamentación especial de la Reserva y a la legislación vigente.-
Que a la fecha ni la Direccion General de Bosques y Parques, ni el Ministerio de Produccion de la Provincia del Chubut, han aprobado la instalación y funcionamiento del Club Náutico Puerto Patriada en dicho paraje;
Que tampoco se ha expedido sobre el tema el Consejo Consultivo;
Que es facultad de este Honorable Concejo Deliberante dictar la presente;
POR ELLO:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona con fuerza de
COMUNICACION
Artículo N° 1: INSTAR al DEM a arbitrar los medios necesarios con el objetivo de suspender toda actividad relativa a la posesión del predio por parte del Club Náutico Puerto Patriada y/u otro Club y/o particular que no cuente con las autorizaciones necesarias para desarrollar actividades dentro (las ocho hectáreas) de la Reserva.-
Artículo N° 2: CONSULTAR a la Dirección General de Bosques y el Ministerio de la Producción si se encuentran (trabajando/tratando) en algún Proyecto ref. al Club Náutico Puerto Patriada.
Artículo N° 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, Cumplido, archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 23 de Febrero del 2022.-