HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ratificar Convenio con la Secretaria de Desarrollo Social de la Nacion "Circuito turístico Artesanal y Productivo Currumahuida"

Hoja 1 de 1
ORDENANZA MUNICIPAL Nº /2022 HCD MEH.

VISTO:
La Ley XVI – 46, el Convenio suscripto por la Secretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de El Hoyo, para la implementación del programa "Circuito turístico Artesanal y Productivo del Paraje Rincón Currumahuida"y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 75 incs. 4 y 10 de la Ley XVI N° 46, el Departamento Ejecutivo Municipal ejerce la representación de la Corporación Municipal y se encuentra facultado a Celebrar convenios con la Nación; las Provincias; otros Municipios o comunas, entre otros.
Que, en ese marco se procedió a la suscripción de los convenios citados en el Visto.
Que, a su vez el Art. 44 de la ley citada establece que corresponde al Concejo Deliberante aprobar los convenios suscriptos.
Que el convenio en cuestión tiene por objeto la asistencia por parte de dicho organismo para la implementación del proyecto "Circuito turístico Artesanal y Productivo del Paraje Rincón Currumahuida", consistente en la asistencia financiera en concepto de subsidio la suma de pesos catorce millones ochocientos cincuenta mil seiscientos veintitrés con ochenta y siete /100.- ($14.850.623,87).
Que, el mismo ha sido suscripto dentro de las competencias y facultades del Departamento Ejecutivo, por lo que corresponde ratificar en todos sus términos el convenio citado.


POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1: RATIFICAR en todos sus términos el Convenio suscripto por la Secretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de El Hoyo, para la implementación del programa "Circuito turístico Artesanal y Productivo del Paraje Rincón Currumahuida".-

ARTÍCULO 2: El órgano de contralor de la aplicación de la presente norma sera la secretaría de Desarrollo Económico.-
ARTÍCULO 3: Toda persona que resulte beneficiaria del presente convenio, ene le caso de incumplimiento deberá en primera instancia devolver el equivalente en dinero del objeto recibido mas los intereses al día del efectivo pago; en caso de no devolver el dinero no podrá ser beneficiaria nuevamente de ningún tipo de programa gestionado por medio de la Municipalidad de El Hoyo por un plazo de 2 años a partir de la finalización del programa y agotada la instancia ut supra.-
ARTÍCULO 4: Autorizar al DEM a crear las readecuaciones presupuestarias necesarias a fin de la correcta implementación de la presente.-

ARTÍCULO 5°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y Cumplido Archívese.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 19 de Mayo del año 2022.-