HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adhesión a la Ley Nacional Nº 27.774, Programa Concejal por un día.-

ORDENANZA Nº /22


VISTO:
La Ley XVI Nº46, el Reglamento Interno HCD MEH, y la Ley 26.774 de Ciudadanía Argentina,

CONSIDERANDO

Que, es voluntad de este cuerpo fomentar la participación de los jóvenes en el espacio político y social, respondiendo a la necesidad de fortalecer las prácticas y valores democráticos en la ciudadanía;
Que la participación juvenil es importante para la organización de la vida social, como así también la realización individual y colectiva de un proyecto de comunidad y el fortalecimiento de procesos de integración, transformación y comunicación;
Que, en el año 2012 se sancionó la Ley N° 26.774 Ley de Ciudadanía Argentina, la cual establece el derecho de las personas jóvenes de 16 y 17 años, nativas o naturalizadas argentinas, a participar en elecciones, ejercer el derecho al voto y elegir a sus representantes;
Que, la formación de futuros representantes del pueblo en un sistema democrático y representativo tiene especial importancia y adquiere relevancia si consideramos que serán quienes con su participación representarán el resguardo del sistema democrático;
Que, se debe incentivar a la ciudadanía para que se involucre en lo que respecta a la tarea legislativa, para que estos asuman un rol activo en la participación ciudadana y política de la localidad;
Que, el presente programa busca abrir un espacio para que los jóvenes deliberen sobre su rol como actores políticos, considerando que la participación de los mismos, debe demostrar que la política es la herramienta por la cual se busca el bien común;
Que, el mismo tiene por objetivo establecer un nuevo espacio de participación para los jóvenes, en los cuales puedan desarrollar la capacidad de participar, escuchar y ser escuchados;
Que, la presente iniciativa persigue por objetivo primordial promover una mayor participación ciudadana de los adolescentes y jóvenes, por intermedio del funcionamiento de un Programa denominado "Concejal por un Día";

POR ELLO:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona la presente con fuerza de


ORDENANZA

ART. 1º: ADHERIR en todos sus términos a la Ley N° 26.774, Ley de Ciudadanía Argentina.

ART. 2°: CREAR el Programa Municipal "Concejal por un Día", en el ámbito del Concejo Deliberante.

ART. 3º: El objetivo del presente programa será promover la participación de los jóvenes de la localidad, que en representación de sus establecimientos educativos realizarán la presentación de proyectos tendientes a generar políticas públicas para la comunidad relativas a cuestiones sociales, ambientales, culturales, deportivas y turísticas.-

ART. 4º: El presente Programa está destinado a los alumnos a partir de cuarto año del nivel secundario de las escuelas de la localidad de El Hoyo.

ART. 5° El Programa se verá plasmado en la práctica a través del desarrollo de una Sesión Simulada, que se llevará a cabo en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo. Las propuestas y el desarrollo de la sesión simulada se corresponderán conforme al Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante.

ART. 6°: El Concejo Deliberante deberá convocar personalmente a los establecimientos educativos a participar del Programa, con la concurrencia mínima de un representante de cada Bloque.
Asimismo se convocará a dichos establecimientos al principio de cada ciclo lectivo, en un registro abierto a tal fin. El plazo de inscripción será definido en la primera reunión de Comisión de Legislación General de cada período legislativo.

ART. 7°: Una vez cerrado el periodo de inscripción, el Concejo Deliberante convocará a reunión a representantes de los establecimientos inscriptos y su respectivo referente docente encargado de acompañar el proceso.

ART. 8° El Concejo definirá por sorteo el edil que acompañará a cada establecimiento educativo en el proceso de elaboración del proyecto. En caso que el número de instituciones supere al de ediles, se procederá a unificar y establecer alianzas de trabajo entre los distintos establecimientos. Se les comunicará por intermedio de la Presidencia del Cuerpo, a cada institución, el Concejal correspondiente y fecha y hora de la Sesión simulada y/o reuniones de trabajo que resulten necesarias para la labor legislativa.

ART 9° Cada edil podrá contactarse con los representantes del establecimiento educativo que le corresponda, con el fin de trabajar en conjunto con profesores, referentes y los alumnos en la elaboración y presentación del proyecto de Ordenanza. El proyecto de ordenanza deberá ser presentado en la fecha fijada para cerrar el Temario correspondiente a la Sesión Ordinaria.

ART.10° El Concejo difundirá ampliamente en distintos medios locales y página web y/o redes sociales del HCD la convocatoria para participar del presente programa.

ART.11° La Presidencia del Cuerpo entregará certificados de participación y asistencia a los Establecimientos educativos y a los alumnos representantes.

ART.12° Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.



Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, del dia 14 de Septiembre de 2022.