HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adherir a la Resol. 47/3 de la Asamblea Gral. de las Naciones Unidas - Día de las personas con Discapacidad.-

Hoja 1 de 1.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº /2022 HCD EH.-
VISTO:
La Ley Nacional N" 24.901 de Discapacidad, la Ley Nacional Nº 26.657 de Salud Mental, la Ley Nacional Nº 26.378 de adhesión a la convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, la Ley Provincial I Nº 296 y sus modificatorias, y la Resolución 47/3 del año 1992 de la Asamblea General de las Naciones Unidas;
CONSIDERANDO:
Que la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró por medio de la Resolución 47/3 del "92, al 3 de Diciembre como "Día Internacional de las Personas con Discapacidad" con el objetivo de promover los derechos y el bienestar de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la sociedad, así como concienciar sobre su situación en todos los aspectos de la vida.
Que la discapacidad forma parte de la condición humana, ya que todos, en algún momento de nuestras vidas, podemos experimentar una discapacidad temporal o permanente; y la sociedad tiene que estar preparada para ello.
Que la discapacidad es un concepto complejo que evoluciona en el tiempo. Actualmente, gracias a la aportación del movimiento social de la discapacidad, se han superado las visiones centradas en las dificultades que experimentan las personas debido a su situación de salud. Estas visiones eran propias del denominado modelo biomédico - rehabilitador.
Que Actualmente, el concepto de discapacidad se basa en el modelo social, que pone el foco, más bien, en las barreras físicas y de actitud que restringen innecesariamente la participación plena y efectiva de las personas.
Que desde esta perspectiva, una persona con discapacidad es aquella que teniendo una o más deficiencias físicas, mentales, sea por causa psíquica o intelectual, o sensoriales, de carácter temporal o permanente, al interactuar con diversas barreras presentes en el entorno, ve impedida o restringida su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
Que las personas con discapacidad son la minoría más amplia en el mundo, y suelen tener más dificultades que otros colectivos en todos los niveles, sobretodo en el acceso a la educación, al mercado laboral, y dificultades económicas, ello se debe a la falta de recursos que les faciliten la vida, como acceso al transporte, o acceso a la información, en caso de discapacidad sensorial. Todo ello unido a la discriminación social que a veces existe en su entorno, y la falta de legislación adecuada, hacen que la vida de las personas con discapacidad sea más difícil.
Que además, las personas con discapacidad son más vulnerables ante la violencia.
Que los niños discapacitados tienen cuatro veces más posibilidades de ser víctimas de actos violentos, igual que los adultos con problemas mentales.
Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en 2006 y firmada por 180 países establece que la accesibilidad y la inclusión de las personas con discapacidad son derechos fundamentales y que las personas con discapacidad puedan llevar una vida independiente y participar de forma activa en el desarrollo de la sociedad.
POR ELLO:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Articulo N°1: ADHERIR a la Resolución Nº 47/3 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que declara al día 3 de diciembre como Día Internacional de las Personas con Discapacidad.-
Articulo N° 2: DECLARAR de interés municipal todas las actividades a realizarse en el marco del día internacional de las personas con discapacidad.-
Articulo N° 3: INSTAR al DEM a crear espacios de participación para las personas con discapacidad.-
Articulo N° 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, en sesión Ordinaria del dia 23 de Noviembre de 2022.