Instar al DEM a elevar las rendiciones de cuentas.-
ORDENANZA Nº /2022.-
VISTO:
La Ley XVI Nº 46 y la Comunicación Nº 10/21 HCD El Hoyo;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 61 de la Ley Provincial XVI Nº 46 estipula:…"Corresponde al Concejo Deliberante el examen de las cuentas de la Administración Municipal, en sesión especial. Examinadas las cuentas, el Concejos resolverá su aprobación y las remitirá el Tribunal de Cuentas dentro de los plazos establecidos, todo ello sin perjuicio de la Carta Orgánica Municipal, Ordenanza Municipal, en su caso, determine los procedimientos y forma de su propio contralor contable"…
Que este cuerpo, mediante comunicación Nº 10/21 insta al DEM, a la rendición de los meses de Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre, y Octubre del ejercicio 2021;
Que a la fecha el DEM ha remitido las rendiciones correspondientes a los meses abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre del año 2021, pero las mismas han sido devueltas por no contar con el foliado respectivo; entendiendo que es requisito instrínseco de todo expediente administrativo;
Que este cuerpo desconoce el estado de las cuentas municipales, como la ejecución de casa uno de los rubros que componen el Presupuesto Ejercicio 2021;
POR ELLO:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
Sanciona con fuerza de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º: Instar al DEM, a que en el plazo de 5 días hábiles, remita las rendiciones correspondientes a los meses de Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del Ejercicio 2021; y Enero, Febrero, Marzo y Abril del Ejercicio del 2022.
Artículo 2º: Comunicar al DEM.
Artículo 3º: Comunicar al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Chubut.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo en Sesión Ordinaria del 01 de Junio de 2022.-