Adherir al Cronograma Electoral Provincial.-
Hoja 1 de 2.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020/2023 HCD MEH.
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; el Decreto 421/2023 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Chubut; la Ordenanza 008/2020 HCD MEH y la Resolución 569/2023 DEM;
CONSIDERANDO:
Que, el Poder Ejecutivo Provincial, mediante el decreto citado, ha convocado a comicios en todo el territorio de la Provincia de Chubut para la elección de Gobernador y Vicegobernador, Diputados Provinciales, entre otros cargos, para el día 30 de julio de 2023,
Que, en la misma norma en su Artículo N° 8, el Poder Ejecutivo Provincial invita a los Municipios a adherir a la convocatoria;
Que, dicha adhesión implica la delegación de facultades del Tribunal Electoral Municipal en el Tribunal Electoral Provincial, siendo el Gobierno Provincial quien asume los costos y gastos del proceso electoral;
Que, a su vez se encuentra vigente la Ordenanza citada en el visto, por conducto de la cual quedó conformado el Tribunal Electoral Municipal;
Que, por lo expuesto, resulta oportuno y conveniente adherir al citado decreto y convocatoria para la elección de Intendente y Concejales Municipales;
Que, el Decreto 421/2023 citado UT SUPRA fue publicado en el día de la fecha 28/04/2023 en horas de la tarde por lo que, al iniciarse un fin de semana junto al feriado del 1 de mayo, por lo que el DEM en pos de resolver para cumplir con los plazos normativos correspondientes sancionó la Resolución 569/2023 para ser ratificada por el HCD;
POR ELLO:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Nº 1: RATIFICAR en todos sus términos la Resolución Municipal Nº 569/2023 DEM MEH.
Artículo Nº 2: ADHERIR en todos sus términos al Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 421/2023.-
Artículo Nº 3: CONVOCAR a elecciones en todo el Ejido de El Hoyo el día 30 de Julio del 2023 para los siguientes cargos: 1) Intendente de la localidad de El Hoyo; 2) Siete (7) concejales, debiendo votar cada elector por una lista de cuatro (4) candidatos titulares y tres (3) suplentes. -
Artículo Nº 4: La elección de Intendente se determina por simple pluralidad de sufragios, conforme art. 10 de la ley XVI Nº 46 Digesto Jurídico Provincial.-
Artículo Nº 5: La elección de Concejales adopta el sistema de lista incompleta, conforme lo prescribe el art. 11 de la ley XVI Nº 46 Digesto Jurídico Provincial.-
Artículo Nº 6: El Municipio de El Hoyo es considerado como distrito electoral único conforme art. 9 de la ley XVI Nº 46 Digesto Jurídico Provincial.-
Artículo Nº 7: DELEGAR las atribuciones y deberes establecidas en el art. 15, 17 y ccs. de la Ley XVI Nº 46, a favor del Tribunal Electoral Provincial.- -
Hoja 2 de 2.-
Artículo Nº 8: CONVOCAR al Tribunal Electoral Municipal a fines de la Organización y realización del acto eleccionario para las categorías enumeradas en el Artículo Nº 3, para los ciudadanos extranjeros residentes en El Hoyo.-
Artículo Nº 9: PROCEDER a la apertura de un registro de extranjeros a partir del día 02 de Mayo de 2023 hasta el día 30 de Mayo de 2023.-
Artículo Nº 10: El registro al que se hace referencia en el Artículo Nº 9 se efectuará en el Registro Civil – Juzgado de Paz de El Hoyo. -
Artículo Nº 11: El citado Registro deberá constar con la siguiente información Nº y Tipo de DNI, clase, apellido y nombre, profesión, domicilio, nacionalidad, y observaciones.
Artículo Nº 12: COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, al Tribunal Electoral Provincial y al Tribunal Electoral Municipal.
Artículo Nº 13: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 01 de Mayo del año 2023.-