Autoriza al DEM a solicitar Anticipo Financiero en CC al Banco del Chubut.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 037/2023 HCD MEH.
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, las Normas de BCRA referentes al Financiamiento al sector público no financiero, la comunicación A6955 del BCRA, las ordenanzas 089/2022 y 107/2022;
CONSIDERANDO:
Que, por Ordenanza 89/2022 el Honorable Concejo Deliberante de este Municipio autorizó al Departamento Ejecutivo a Solicitar al Banco del Chubut S.A un anticipo financiero que alcance el monto equivalente a la masa salarial, con el objeto de abonar los Haberes del mes de octubre para el Personal de Planta Permanente, Planta Política y Contratado de la Municipalidad de El Hoyo, en el marco del Programa "Asistencia del sector público- límite descubierto en CC".
Que, a su vez, por Ordenanza 107/2022 el Honorable Concejo Deliberante de este Municipio autorizó al Departamento Ejecutivo a solicitar al Banco del Chubut S.A un anticipo financiero que alcance el monto equivalente a la masa salarial, con el objeto de abonar los Haberes correspondientes al medio AGUINALDO -diciembre-2022 del Personal de Planta Permanente, Planta Política y Contratado de la Municipalidad de El Hoyo, en el marco del Programa "Asistencia del sector público- límite descubierto en CC".
Que, en virtud del Art. 2 de la Ordenanza 89/2022 citada previamente, el Departamento Ejecutivo Municipal solicita nueva autorización a fin de cubrir los haberes del Personal de Planta Permanente, Planta Política y Contratado a partir de la sanción y promulgación de la presente ordenanza,
Que, por Ordenanza 001/2023 fuera aprobado el nuevo acuerdo salarial firmado entre el DEM y el Gremio ATE en fecha 29 de Diciembre de 2022 y que estableciera una incremento del 15% a partir del mes de diciembre 2022 y una nueva mesa paritaria salarial en el mes de junio del 2023;
Que por Ordenanza 005/2023 se aprobó el nuevo acuerdo paritario incorporando un 10% de incremento a partir del mes de Febrero del 2023, un 15% a partir de Marzo del 2023 y un 10% a partir del mes de Abril del 2023;
Que, en virtud de todo lo planteado es necesario contar con la herramienta legal para prevenir situaciones que vayan en desmedro de los derechos laborales y salariales de los trabajadores y las trabajadoras y que la misma se utilizará en caso de ser necesario;
Que, el presente instrumento legal dotará de seguridad al municipio local, para el cumplimiento de sus obligaciones salariales a la vez que garantiza los derechos de las trabajadoras y los trabajadores a percibir sus remuneraciones en debido tiempo y forma;
Que, aproximándose el inicio del período invernal es necesario contar con la misma, teniendo como antecedentes años anteriores y en particular el pasado 2022 donde atravesamos una Emergencia Climática que fue necesaria afrontar con fondos propios;
Que, asimismo, con anterioridad y de acuerdo a la normativa citada en el visto, el Municipio ha cumplido con las condiciones establecidas en los ítems 3.2.5.1 a 3.2.5.3 de la Comunicación "A 6955" cuyo ítem 3.2.5 establece ADELANTOS TRANSITORIOS AL SECTOR PUBLICO NO FINANCIERO;
Que a la fecha de sanción de la presente, el DEM ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 2do. De la Ordenanza 107/2022, informando sobre la ejecución de los fondos y resultando el interés abonado, menor a un salario promedio percibido por un empleado municipal;
Que el plazo de devolución de dicho adelanto es de un máximo de 15 días hábiles según lo establece la comunicación del BCRA A 6955 en el punto 3.2.5.1 que se adjunta a la presente.
Que es voluntad del HCD autorizar al DEM a solicitar adelanto al banco del Chubut SA. Equivalente a la masa salarial que podrá ser utilizado hasta el 31 de julio y el 1° SAC del ejercicio 2023.
POR ELLO
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Autorizar al DEM a solicitar al Banco del Chubut SA adelanto financiero que alcance el equivalente a una masa salarial y el Aguinaldo, que podrá ser utilizado hasta el 31 de Julio del corriente año, cubriendo la totalidad de haberes del Personal de Planta Permanente y Planta Política de la Municipalidad de El Hoyo, en el marco del Programa "Asistencia del sector público límite descubierto en CC".
Artículo Nº 2: El departamento Ejecutivo Municipal deberá presentar ante el Concejo Deliberante un informe sobre la ejecución de los fondos, dentro de los tres (3) días hábiles administrativos posteriores al cumplimiento del programa "Asistencia del sector publico límite descubierto en CC".
Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo, en sesión Especial del día 30 de mayo del año 2023.