Eximir del impuesto inmobiliario al Sr. Traina José Luis.-
VISTO:
La Ley XVI Nº 46,
CONSIDERANDO:
Que el terreno comprendido en la intersección de las calles Los Guindos y Los Nogales de esta localidad, sobre el margen derecho de este edificio público, se encuentra en estado de descuido;
Que ello lleva a que el mismo resulte utilizado como estacionamiento de las oficinas aledañas al Concejo;
Que al subir los vehículos a la vereda ocasionan daños en los cordones cunetas, veredas y mejoras del espacio público que pudieran existir;
Que en el mencionado lote hay espacio suficiente para realizar el embellecimiento del mismo y la colocación de bancos, plantas, árboles, u otros;
Que en las calles aledañas a las diversas oficinas públicas e incluso en el centro de la localidad hay espacio suficiente para ser utilizados a fin de estacionar vehículos;
Que la liberación de las veredas de la presencia de vehículos y obstáculos, la buena iluminación, el buen estado de las veredas y la señalización de los pasos peatonales; garantizan el derecho de los peatones de circular libremente, llegar a sus destinos y cruzar por las esquinas, pasos peatonales y bocacalles;
Que el pasado 16 de Marzo se conmemoró el Día de la Seguridad Peatonal;
Que en el sentido de la Seguridad Vial y Peatonal, este HCD, adhirió a la Campaña Vial Estrellas Amarillas por medio de la Ordenanza Nº 80/21, que regula la velocidad de circulación en la zona céntrica y en las zonas cercanas a establecimientos escolares en un máximo de 30 km/h;
Que los espacios verdes en buen estado de conservación y mantenimiento, constituyen pulmones del planeta, permitiendo que las especies implantadas en dichos espacios favorezcan por medio de la fotosíntesis la generación de aire puro de calidad;
Que además, constituyen verdaderos sitios de esparcimiento favoreciendo el entorno saludable y mejorando, en este caso particular, el entorno laboral de varios agentes del Estado;
Que el cuidado de los espacios públicos es responsabilidad del Estado Municipal y también de todos quienes habitamos en la localidad de El Hoyo;
POR ELLO:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
Sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Asignar como Espacio Verde Municipal al espacio libre de construcciones, ubicado en la intersección de las calles Los Guindos y Los Nogales, hasta tanto se designe nuevo destino de mejor utilidad pública.-
Artículo Nº 2: Establecer la prohibición de estacionamiento y la obstrucción de las veredas y cordones cuneta, del espacio mencionado en el Artículo Nº 1 de la presente.-
Artículo Nº 3: Instar al DEM, en un plazo no mayor a 90 días corridos, a proceder a la limpieza, desmalezado, iluminación y el necesario mantenimiento con periodicidad.
Artículo Nº 4: Instar al DEM, en un plazo no mayor a 180 días corridos, a proceder a la parquización, colocación de bancos y la cartelería que resulte necesaria.-
Artículo Nº 5: Instar al DEM a garantizar la correspondiente liberación de vehículos y obstáculos que se ubiquen sobre el mencionado lote, veredas o cordones cunetas existentes a fin de asegurar la ejecución de la presente norma.-
Artículo Nº 6: Serán de aplicación a los fines de la correcta implementación de la presente norma, las sanciones previstas en la Ordenanza Nº 059/2001 HCD MEH o la que resulte pertinente.-
Artículo Nº 7: Comunicar la presente a las Áreas de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, Inspectoría General y al Juzgado de Faltas Municipal.-
Artículo Nº 8: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, en sesión ordinaria del día 24 de Mayo del 2023.-