HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adquisición de una maquina motoniveladora

VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46, Las Ordenanzas nro. 133/2015, 107/2019, sus modificatorias y la Ordenanza nro.102/22, y sus modificatorias (02/24), y:
CONSIDERANDO:
Que, las ordenanzas mencionadas en el visto, han autorizado al DEM, el cobro de estacionamiento en parte del Lote 15 en la reserva forestal "Puerto Patriada del Lago Epuyén", que tal percepción tuvo como producido conforme rendición efectuada por el Departamento Ejecutivo Municipal, un monto que asciende a la suma de pesos cincuenta millones novecientos treinta y cuatro mil novecientos ($ 50.934.900,00) ;
Que, de dicho monto se erogó conforme lo establece el Art. 1ro, de la Ordenanza nro. 102/22, la suma de pesos diecinueve millones ciento cincuenta y nueve mil novecientos noventa y nueve con veintiocho centavos ($19.159.999,28)
Que, resta por invertir un saldo que asciende a la suma de pesos treinta y un millones setecientos setenta y cuatro mil novecientos con setenta y dos centavos ($ 31.774.900,72), ecuación que resulta rendida mediante la nota N° 120/2024 DEM;
Que, el DEM y miembros del HCD han llevado adelante una reunión con habitantes del Paraje Puerto Patriada, con quienes han coincidido en la necesidad y oportunidad de invertir el remanente de la percepción de estacionamiento, en la adquisición de una maquina vial, tipo motoniveladora.
Que, ante la situación económica y financiera que atraviesa nuestro país, situación a la que no es ajena nuestra municipalidad, resulta imposible la adquisición de una unidad nueva, por esa razón, el DEM ha iniciado una búsqueda exhaustiva, de máquinas viales de similares características, bajo condición de usada, en buen estado da mantenimiento.
Que tal búsqueda ha arrojado resultados positivos, siendo posible la adquisición de la maquina vial, tipo motoniveladora, modelo 140 G Caterpillar, año 1994, (especificaciones técnicas), ascendiendo a la suma de pesos ochenta y cinco millones ($85.000.000,00)
Que, para adquirir una maquina nueva, la municipalidad necesitaría, una inversión inicial de pesos doscientos cincuenta millones ($250.000.000,00), dinero con el que no cuenta para realizar esta inversión.
Que, la municipalidad, realizará consulta previa al Tribunal de Cuentas de esta Provincia, en atención a que conforme los montos y estado de adquisición, resulta necesaria la misma.
Que, de acuerdo al remanente obtenido en cumplimiento de la Ordenanza nro. 02/24, el DEM gestionará ante el Gobierno Provincial, el faltante para la adquisición de la maquina vial;
Que, es responsabilidad del estado municipal, garantizar la seguridad de las redes viales, que conectan a la localidad. Que las mismas deben gozar de buen estado de mantenimiento, salvaguardando la seguridad de los habitantes –conductores, peatones, ciclistas, etc-


POR ELLO:
en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona con fuerza de
ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR, al Departamento Ejecutivo a destinar el remanente de la percepción de lo estipulado por Ordenanza N° 02/2024, para la adquisición de una maquina motoniveladora.
Artículo N° 2: AUTORIZAR, al Departamento Ejecutivo a la compra de una motoniveladora, usada en buen estado de conservación, que permita su uso para el mantenimiento de caminos. Debiendo a tal fin, presentar previamente un informe técnico mecánico, avalando con ello la posibilidad de dar cumplimiento con los requerimientos de esta inversión.-
Artículo N° 3: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a adquirir la Maquina tipo motoniveladora, modelo 140 G Caterpillar, Año 1994, oferta que no podrá ser superior a la suma de pesos ochenta y cinco millones ($85.000.000).
Artículo N° 4: A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto, en el artículo 2 y 3, de la presente, el DEM, deberá ajustarse a la normativa de compras y contrataciones que establece la legislación provincial.-
Artículo N° 5: La presente adquisición, quedara supeditada a lo resuelto, en la consulta previa, realizada al Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Artículo N° 6: ENCOMENDAR al DEM, a realizar las gestiones necesarias, para obtener un aporte por parte del Gobierno Provincial, para integrar el monto, para la adquisición de la maquina vial.-
Artículo N° 7: la presente autorización tendrá una vigencia de 60 días corridos, desde la entrada en vigencia de la presente ordenanza. -
Artículo Nº 8: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo, en sesión especial del día 04 de Abril del 2024.-