Eximicion Imobiliario Julio Jorge Baliño
VISTO:
La Ley XVI Nº 46 y las Notas Recibidas en HCD Nota N°016, Nota N°017, N°107/24, Nº134/24;
CONSIDERANDO:
Que, en la nota mencionada en visto Sr Julio Jorge Baliño solicita la eximición al impuesto inmobiliario del Lote identificado como: R2-188249-2-3-20 PARCELA 10 UF Zona 2;
Que, en el inmueble de referencia es utilizado por el grupo familiar, al cual pertenece su hija María Magdalena Arbues, quien cuenta con certificado único de Discapacidad.
Que atento a la solicitud y al dictamen obtenido de la Comisión de Hacienda y Acción Social, Cultura y Deporte, es voluntad del HCD acceder a dicho pedido.
POR ELLO:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO N° 1:. EXIMIR del impuesto inmobiliario del Lote identificado como: R2-188249-2-3-20 PARCELA 10 UF Zona 2, propiedad de Julio Jorge Baliño DNI Nº 12.766.675 -
ARTÍCULO Nº 2: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo, en sesión ordinaria del día 5 de Junio de 2024.