HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

DEROGAR en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 059/2001

VISTO:
La Ley XVI Nº 46, la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 y la Ordenanza Municipal Nº 059/2001.
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 059/2001 establece las multas por infracción a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449;
Que dicha normativa data del año 2001 y a la fecha ha quedado obsoleta, debiéndose realizas una revisión de los tipos y montos de infracción a fin de que los mismos resulten actualizados en consonancia con la realidad actual;
Que, a tal fin, se dicta la presente;
POR ELLO:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1: DEROGAR en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 059/2001.-
ARTICULO 2: APROBAR la reglamentación de multas de infracciones a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, de acuerdo al Anexo I que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese.-


Anexo I
Artículo Nº 1: Las sanciones de multas se establecen mediante unidades fiscales (UF) equivalentes al litro de nafta premium expedida en la localidad del Hoyo al momento del dictado de la sentencia de las mismas.-
Artículo Nº 2: A los fines de la aplicación del presente se asimilan las motocicletas y cuatriciclos con más de 50 cc a un automotor.-
Artículo Nº 3: Las faltas se clasifican en graves, moderadas y leves.-
Artículo Nº 4: Serán consideradas GRAVES, las siguientes faltas con sus correspondientes sanciones:
Artículo Nº 5: Serán consideradas MODERADAS, las siguientes faltas con sus correspondientes sanciones:
Artículo Nº 6: Serán consideradas LEVES, las siguientes faltas con sus correspondientes sanciones:
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, en sesión ordinaria del día 19 De Junio del año 2024.