Creación de feria de los vecionos catarata norte
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 078/2024 HCD MEH.
VISTO
La Ley XVI Nº46, de corporaciones municipales, la Nota N°439/24 HCD
CONSIDERANDO:
Que, es inherente al Honorable Concejo Deliberante la autorización a las ferias locales.
Que, a partir del mes de diciembre del 2024 hasta el 31 de marzo del 2025 está prevista la realización de la Feria de los Vecinos Paraje La Catarata de la Localidad de El Hoyo, sito en la intersección del Callejón Las Nieves y Callejón Mario Saliva Breide sobre el Callejón Las Nieves.
Que, es necesario fortalecer la economía local potenciando puntos de comercialización para productos artesanales y de producción propia local.
Que la actividad turística brinda espacios de intercambios con el turista/visitante y la comunidad receptora, logrando afianzar la receptividad de los productos de la localidad.
POR ELLO:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Establecer como Feria de los Vecinos Catarata Norte, que estará ubicado en la intersección del Callejón Las Nieves y Callejón Mario Saliva Breide sobre el Callejón Las Nieves, en dirección Este y a mano derecha (tomando como referencia la garita), desde el mes de diciembre del 2024 al 30 de abril del año 2025.
Articulo Nº 2: La Feria se realizará todos los días en horario de 10:00hs a 22:00hs. -
Articulo Nº 3: La atención de los puestos será rotatoria, con turnos de no más de 4 hs. debido a la falta de baños en el lugar.
Articulo Nº 4: Solo se le permitirá el armado de puesto a los Artesanos y Productores de elaboración propia del Paraje Catarata Norte de la localidad de El Hoyo. -
Articulo Nº 5: La Junta Vecinal se hará cargo del armado y desarmado de los puestos, los cuales serán propios del feriante. -
Articulo Nº 6: La Junta Vecinal se hará cargo de la limpieza, el retiro de los residuos y el mantenimiento del espacio de la Feria, designando a la/s persona/s que realizaran las tareas, en caso de no cumplimentar fehacientemente con estas tareas, el presente permiso de funcionamiento caducará en forma automática. -
Articulo Nº 7: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones necesarias a la reglamentación de la presente norma a fin de su correcta implementación. -
Artículo Nº 8: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 11 de diciembre del año 2024. -