Eximir de la tasa de habilitación del salón de Eventos Allegro
VISTO:
La ley Provincial XVI N° 46 y la nota recibida en HCD N° 338/2020, Decreto 297/2020 y siguientes.-
Y CONSIDERANDO
Que según nota mencionada en visto el Sr. Heraldo Santillán DNI N° 7.323.917, como propietario del salón de eventos Allegro solicita la eximición de la tasa por habilitación desde el mes de marzo al mes de diciembre inclusive, debido a que dada la situación de la pandemia y en el marco del DNU 297/2020 y siguientes, la actividad ha sido completamente nula y todavía dicha actividad no se encuentra habilitada;
Que atento a lo expuesto es voluntad del Honorable Concejo Deliberante acceder a dicho pedido;
POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Articulo N° 1: Eximir de la tasa por habilitación del Salón de Eventos Allegro, propiedad del Sr. Heraldo Santillán DNI N° 7.323.917, desde el día 31 de marzo/2020 al 31 de diciembre del año 2020.-
Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 11 de noviembre del año 2020.