Autorización de venta de rollizos
VISTO:
La Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales (antes 3098), la Ordenanza 044/2020 HCD MEH;
Y CONSIDERANDO
Que, mediante Ordenanza 044/2020 HCD MEH se autorizó al DEM a aserrar con el aserradero portátil municipal 200 mts3 de madera de álamo y, aproximadamente, 10 mts3 de madera de pino;
Que, se consignaron en forma errónea la cantidad de metros cúbicos, siendo las existentes 100 mts.3. de madera de álamo y 100 mts.3. de madera de pino común;
Que, no se ha logrado ejecutar dicha norma por no contar con personal para la utilización del aserradero portátil y la autorización provisoria otorgada por la Dirección de Bosques vence el 30 de noviembre de 2020;
Que ha presentado, el Sr. Pablo Filippi, Socio Gerente de Emprendimiento Maderero S.R.L., en fecha 11/11/2020, una propuesta de compra directa por la cual abonará, al contado, $ 500 por metro cubico de Alamo y $ 900 por metro cubico de pino;
Que, sería una buen propuesta económica y beneficiosa para el Municipio atento a haberse frustrado dos llamados a concurso público y tener acopiados los rollizos al aire libre en el predio de la Fruta Fina provocándoles menoscabo, con el agravante que, acercándose la temporada estival podrían producir algún siniestro;
Que, el producido se utilizará para abonar la reparación del vehículo patente ICF 649, afectado a Obras Publicas y del vehículo patente KPZ010 afectado a Desarrollo Social, ambos vehículos se encuentran en reparación no pudiendo afrontar los gastos por la situación económica financiera que se encuentra atravesando el Municipio;
Que, de existir remanente se imputará a la reparación de vehículos municipales;
Que a esos fines se dicta la presente;
POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Articulo N° 1: AUTORIZAR. Al Departamento Ejecutivo Municipal la venta directa de los rollizos de, aproximadamente, 100 mts3 de madera de álamo y, aproximadamente, 100 mts3 de madera de pino a Emprendimiento Maderero S.R.L.-
Artículo N°2: IMPUTAR el producida de la venta se utilizará para abonar la reparación del vehículo patente ICF 649, afectado a Obras Publicas y del vehículo patente KPZ010 afectado a Desarrollo Social, de existir remanente se imputará a la reparación de vehículos municipales.-
Artículo N°3: AUTORIZAR al DEM a adecuar las partidas presupuestarias a los fines de dar cumplimiento a la presente
Artículo N° 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y Cumplido Archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 11 de noviembre del año 2020.