Eximición de inmueble Julio Jorge Baliño
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46 y Nota N°050/25 HCD;
Y CONSIDERANDO
Que, en la nota mencionada en visto Sr Julio Jorge Baliño solicita la eximición al impuesto inmobiliario del Lote identificado como: R2-188249-2-3-20 PARCELA 10 UF Zona 2;
Que, en el inmueble de referencia es utilizado por el grupo familiar, al cual pertenece su hija María Magdalena Arbues, quien cuenta con certificado único de Discapacidad.
Que atento a la solicitud y al dictamen obtenido de la Comisión de Hacienda y Acción Social, Cultura y Deporte, es voluntad del HCD acceder a dicho pedido.
POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Articulo N° 1: EXIMIR del impuesto inmobiliario del Lote identificado como: R2-188249-2-3-20 PARCELA 10 UF Zona 2, propiedad de Julio Jorge Baliño DNI Nº 12.766.675 -
ARTICULO Nº 2: El Sr. Baliño deberá abonar los servicios retributivos conforme lo establece la normativa vigente. -
ARTICULO Nº 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese. -
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo, en sesión ordinaria del día 09 de Abril del año 2025.