Declarar de interés al PIRCA como Asociación civil
VISTO:
La nota recibida 082/19 y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46.
Y CONSIDERANDO
Que la localidad de El Hoyo, en todo su ejido cuenta con innumerables sitios para practicar el senderismo, realizar excursiones, apreciar inigualables vistas, realizar campamentos en contacto con la naturaleza, generar actividades relacionadas con el medio ambiente , social y cultural .
Que los objetivos propuestos por Pirque Club Andino (PIRCA) entre otros son:
Promover con fines educativos, recreativas y/o deportivas la relación del hombre con la naturaleza, en especial con el medio ambiente andino y la montaña, fomentando actividades y conocimientos relacionados, basándose siempre en el respeto ambiental, social y cultural, procurando generar el menor impacto negativo posible.
Cuyo enfoque propenderá a:
a) Organizar excursiones y campamentos con fines educativos, recreativos y/o deportivos y de estudio, exploración, restauración o conservación.
b) Promocionar y difundir conocimientos relacionados con las actividades de montaña y del medio ambiente andino a través de publicaciones, cursos, seminarios y conferencias, como también a través de la creación de una escuela de montaña.
c) Realizar pruebas y competencias que encuadren con los objetivos de la asociación.
d) Formar una comisión de auxilio, que: prestará su servicio cooperando con entidades públicas o privadas similares, confeccionará información de seguridad y/o conocimiento técnico y organizará cursos de primer auxilio y/o de rescate.
e) Coordinar y gestionar acciones y políticas con instituciones públicas y privadas, participando con propuestas, intercambio de información y asesoramiento acerca de: planes de manejo, la creación de reservas naturales, proyectos de protección y restauración, gestión de sendas, refugios e instalaciones relacionadas, clasificación de dificultades de accesos y estándares de seguridad o de señalización, capacitación y habilitación de instructores o guías y cualquier tema que sea afín a su objeto social.
f) Ofrecer públicamente asesoramiento e información como referente local de actividades de montaña.
g) Recuperar, conservar y difundir las tradiciones, costumbres, anécdotas y mitos locales que, como bienes intangibles de la historia de pobladores y su entorno, forman parte de su identidad.
h) Fomentar la conciencia sobre la conservación de la fauna y la flora autóctona de la región andina con acciones concordantes con estos fines.
i) Crear obligatoriamente, mediante reglamento aprobado por asamblea, un código de ética y seguridad anualmente renovable, que sustenta, encuadra y regula las acciones de la institución y contempla: la sustentabilidad ambiental y social como principio básico, un catálogo de actividades compatibles con este principio, un manual de reglas prácticas para la convivencia con la naturaleza y los compañeros "en el camino" y "en la montaña", limites sustentables de usuarios por actividad/instalación/temporada, recomendaciones de seguridad y otros criterios útiles para fomentar seguridad y conciencia ambiental.
POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:
DECLARACION
Articulo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal al Pirque Club Andino (PIRCA), conformado en la Localidad de El Hoyo como Asociación Civil en los registros de la Inspección General de Justicia (Número de Inscripción 4475).
Artículo Nº 2: Comuníquese la presente Declaración al Departamento Ejecutivo Municipal y a los municipios que comparten la denominada Comarca de los Andes.
Articulo N° 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión extraordinaria del día 24 de abril del año 2019.