Declarar de interés Municipal Carrera Ciencia de la Educación
VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales VI N °46, Art. 75 inc 19 Constitución Nacional, Constitución Provincial, la carrera Profesorado y Licenciatura en Ciencia de la Educación, dictada en la Sede Esquel UNPSJB
Y CONSIDERANDO
Que la carrera citada se inició con la Primera Cohorte (2015), según Res. CDFHCS 544/14, en base a un proyecto presentado por la Sede Esquel y por la correspondiente gestión de gobierno de la Facultad, la cual fue a posteriori analizada, discutida y votada por unanimidad por el Consejo Directivo, sustentado este proceso en argumentaciones académicas e institucionales. En particular, tal decisión se basó en la Res. CDFHCS 552/14, que estableció criterios para el tratamiento de la planta docente, y que estimó la necesidad de promover las extensiones de carreras a las Sedes de la Facultad, también aprobada por unanimidad en el seno del Consejo Directivo.
Que la Segunda Cohorte (2016) fue aprobada según Res. CDFHCS 513/15, la cual se basó en informes de la Sede, y en valoraciones que el departamento de carrera sede Comodoro Rivadavia realizó y acompañó de manera previa al tratamiento en el Consejo Directivo, y que el mismo discutió y votó por unanimidad.
Que la Tercera Cohorte (2016) fue aprobada según Res. CDFHCS 436/16, con un procedimiento similar al descripto en el punto anterior (informes, evaluación, discusión, valoración y unanimidad en la decisión).
Que la Cuarta Cohorte (2017) fue aprobada según Res. CDFHCS 001/18, durante la actual gestión de gobierno, con idéntico procedimiento a lo antes descripto.
Que la Quinta Cohorte (2018) fue aprobada según Res. CDFHCS 608/18, con similar proceso y nuevamente por unanimidad, basándose en especial en un exhaustivo análisis realizado por la Delegación Académica de la Facultad en la Sede Esquel, el cual posibilitó visualizar la evolución de la carrera durante las primeras cuatro cohortes, y realizar proyecciones a futuro con una sólida base.
Que en la actualidad la carrera se desarrolla con las cinco cohortes funcionando en forma normal, incluso manteniendo sus clases en contextos virtuales durante la emergencia sanitaria y satisfactoria, con una cantidad de estudiantes en condición de regular que sobrepasa ampliamente el centenar, y en particular estudiantes en el Quinto Año, próximos a estar en condiciones de iniciar el proceso de elaboración de sus respectivas tesis de grado.
Que los estudiantes citados provienen de una amplia zona geográfica de la región cordillerana del Chubut, como así también de otras provincias.
Que los estudiantes citados tienen un amplio espectro de edades, de trayectorias académicas previas al ingreso a la carrera, y de situaciones laborales muchas vinculadas al sistema educativo formal, lo que brinda un conjunto de características al desarrollo de la comunidad educativa de Esquel (autonomía, diversos intereses, nuevas temáticas, etc.), que da un valor agregado a la importancia natural que de por sí tiene una propuesta universitaria nueva en una región como la Patagonia, en especial del área de las Ciencias Sociales.
Que la proyección actual sobre futuras inscripciones a las nuevas cohortes indica que el número de estudiantes ingresantes a la carrera de Ciencias de la Educación se mantendrá en varias decenas por año, lo cual posibilita afirmar que la propuesta educativa de la citada carrera, en varios sentidos: temáticas, potencialidad laboral, etc., tiene un interés alto para las personas de la región, y que de esta manera la Facultad y la propia Universidad continuarían cumpliendo uno de sus principales objetivos fundacionales, cual es brindar un servicio académico amplio a la comunidad patagónica.
Que a través de los cinco años que lleva la carrera funcionando en la Sede Esquel, se ha satisfecho el criterio de formación docente previsto en la Res. CDFHCS 544/15, gracias a la presencia y atención permanente de profesores de la Sede Comodoro Rivadavia, dictando inicialmente las correspondientes asignaturas, formando al auxiliar docente local, y luego acompañando y asesorando a los docentes en formación, hasta que estos últimos tomaron a su cargo plenamente el dictado de las mismas. Como ejemplos, pueden citarse las cátedras de Pedagogía, Práctica Profesional, Psicología, Neurofisiología, Historia Social de la Educación, Sociología de la Educación, con otras cátedras en la actualidad funcionando con similar proceso de formación.
Que a través de los distintos ciclos lectivos se han designado una importante cantidad de ayudantes de segunda, lo que muestra el interés por parte de los estudiantes de incorporarse desde el mismo inicio de su carrera a la vida académica de la Facultad, y en especial muestra el constante esfuerzo institucional en la formación de recursos humanos.
Que en 2018 se constituyó el Consejo Departamental y se designó a la Directora de carrera según la Res. CDFHCS 664/18, lo que representa una experiencia institucional valiosa en términos de la consolidación del proyecto que constituye la existencia del Profesorado y la Licenciatura en Ciencias de la Educación en la Sede Esquel desde la perspectiva del gobierno universitario, fortaleciendo además la posibilidad de continuar y profundizar un trabajo diverso, colaborativo y creativo entre las comunidades académicas de la carrera en ambas Sedes.
Que la evolución de la carrera en los cinco años desde su creación en la Sede ha tenido además un desarrollo creciente no sólo en lo que respecta al Grado, sino también a la constitución de equipos de trabajo en proyectos de investigación, en proyectos de extensión, con una creciente riqueza en la diversidad de formaciones académicas de los docentes e investigadores de la Sede, lo que sin dudas es una fortaleza a sostener y desarrollar.
Que la creación de la carrera en la Sede Esquel fue acompañada de la creación de la Delegación Académica de la Facultad en la Sede, lo que es visto por la comunidad, universitaria y en general, como una presencia importante, sostenida y estable, con una identidad propia que completa de muchas maneras la inserción de la UNPSJB en la región. Esta realidad ha permitido en especial la radicación en nuestra zona de jóvenes investigadores, ligados en especial al CONICET, quienes desarrollan su actividad teniendo como lugar de trabajo a la Facultad en la Sede, reconocida esta capacidad de recepción de investigadores por el propio CONICET.
Que la existencia de una carrera de grado universitario en una Sede universitaria es la condición mínima sine-qua-non para fortalecer a la Facultad en una región geográfica que si bien es propia de la UNPSJB no siempre lo fue de las propuestas generadas desde la FHCS. La estabilidad y fortaleza de la inserción de la Facultad en la región cordillerana redundará a futuro en una mayor riqueza de los desarrollos académicos, de investigación y de extensión, los cuales exceden ampliamente a las Ciencias de la Educación, pero se nutren claramente de su existencia, de la "masa crítica" ya existente y de los muchos estudiantes que sin dudas son el futuro no sólo de la universidad sino de la vida en comunidad.
Que los considerandos antes desarrollados muestran que la experiencia en proceso en la Sede Esquel reviste gran importancia para la Comunidad en la región, para la Universidad como un todo y para la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales en especial, lo cual ha sido posible, y lo seguirá siendo a futuro, gracias a la existencia y calidad de la carrera de Profesorado y Licenciatura en Ciencias de la Educación en la Sede.
Que muchas personas de nuestra localidad se forman, en la UNPSJB, sede Esquel, siendo esta una carrera universitaria más dentro de la oferta académica ofrecida. Que por razones de distancia, económicas, familiares entre otras, muchos vecinos eligen esta casa de altos estudios para formarse.-
POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:
DECLARACION
Articulo N° 1: DECLÁRESE DE INTERES MUNICIPAL, carrera de Profesorado y Licenciatura en Ciencia de la Educación Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco.-
Artículo N° 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión ordinaria del día 25 de noviembre del año 2020.-