Declarar de Interés La separación de Residuos y Compostaje
VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46 y la ley provincial XI-Nº50;
Y CONSIDERANDO
Que el basurero municipal crece de manera sostenida provocando contaminación de aire y agua a los habitantes, principalmente a los linderos;
Que se calcula que cada habitante en la Argentina produce un kg diario de basura;
Que la Ley Provincial XI-Nº 50 en artículo 5º define objetivos claros:
Son objetivos de la presente Ley:
• Minimizar la generación de residuos;
• Lograr un adecuado y racional manejo de los residuos sólidos urbanos mediante su gestión integral;
• Promover la valorización de los residuos, mediante métodos y procesos adecuados ambientalmente, incentivando la separación en origen;
• Minimizar los impactos negativos que estos residuos puedan producir sobre el ambiente;
• Minimizar la cantidad de residuos con destino a disposición final;
• Involucrar a la sociedad civil en cuanto a su responsabilidad en relación a la generación de residuos y a la toma de decisiones respecto de la gestión de los mismos;
• Fomentar el consumo responsable, concientizando a los usuarios sobre aquellos objetos o productos que, estando en el mercado, posean materiales constructivos, envoltorios o presentaciones que generen residuos voluminosos, costosos y difíciles de disponer;
• Promover la industria y el mercado de insumos o productos obtenidos del reciclado;
• Fomentar el uso de objetos o productos en cuya fabricación se utilice material reciclado o que permita la reutilización o reciclado posterior;
• La inclusión de los trabajadores informales en la gestión integral de residuos sólidos urbanos, su consideración como parte esencial en la misma y el mejoramiento de su calidad de vida y condiciones de trabajo.
Que es necesario concientizar a la población sobre la relevancia del tratamiento del residuo domiciliario;
Que las juntas vecinales son entes indispensables en la organización civil de la población;
Que cada habitante es responsable de la cantidad y calidad de los residuos que produce a diario;
Que una de las premisas necesarias para disminuir el impacto ambiental local es reducir, reciclar y reutilizar.
Que el compostaje de residuos orgánicos domiciliario reduce el volumen del total de residuos sólidos urbanos (RSU) arrojados al basurero municipal.
Que el compostaje domiciliario colaboraría con las propuestas llevadas adelante por el municipio además de las múltiples utilidades que genera.
Que es necesario que las instituciones educativas concienticen a los niños, niñas y adolescentes en la reducción de residuos y a realizar compostaje domiciliario.
POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:
DECLARACION
Articulo N° 1: DECLARAR de Interés Municipal la separación de residuos en los domicilios e instituciones en la localidad de El Hoyo.-
Articulo Nº 2: INVITAR a las instituciones locales, juntas vecinales y población en general a la separación de residuos orgánicos y realizar el compostaje del mismo.-
Articulo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese..-
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del dia 28 de Abril de 2021.