Comunicar las conclusiones de la Comisión Investigadora al Poder Ejecutivo Municipal
VISTO:
La Ley XVI 46 de Corporaciones Municipales; la Resolución 08/19 HCDEH, la Ley Provincial I Nº 267;
Y CONSIDERANDO
Que en fecha veinticuatro de setiembre fue elevado a este Cuerpo Legislativo el Informe de la Comisión Investigadora conformada por Resolución 08/19 HCDEH, con las conclusiones y recomendaciones fruto del análisis de la información recabada por sus integrantes.
Que según se desprende del mentado Informe, las obras correspondientes a la construcción de aulas en la Escuela 7727 fueron iniciadas y ejecutadas en franca violación a la legislación municipal vigente, toda vez que carece de plano suscripto por profesional matriculado y que el profesional señalado por el contratista ni siquiera ha presentado ante el Colegio de Arquitectos de la Provincia del Chubut la correspondiente encomienda profesional.
Que todo ello evidencia un injustificable incumplimiento del deber de control por parte del Municipio que compromete gravemente la seguridad pública, circunstancia que viene agravada por desarrollarse las obras dentro del predio de un establecimiento educativo al que asisten menores de edad.
Que nunca se obtuvo respuesta del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut a la nota cursada en el mes de abril de 2019, en la que se solicitó información referente a la obra en construcción de las aulas Escuela Técnica 7727.
Que, como fuera acertadamente subrayado en el Informe de la Comisión Investigadora, la obra de construcción de aulas para la Escuela Técnica 7727 es de vital importancia para la comunidad, por lo que es deber de este Concejo Deliberante realizar todas las gestiones tendientes a obtener la información necesaria para establecer la responsabilidad por los incumplimientos observados en su ejecución.
Que conforme la información brindada desde el municipio local, las obras son por cuenta, orden y encargo del Estado Provincial, en sus diferentes áreas y es este estrato estadual el responsable de informar al respecto.
Que conforme lo manifestado hasta aquí, la Comisión Investigadora recomendó al pleno del Cuerpo Legislativo la sanción de los instrumentos necesarios para establecer las responsabilidades de los funcionarios intervinientes y suplir, en lo posible, la ausencia de información relativa a la obra que motivó la investigación.
POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:
COMUNICACIÓN
Articulo N° 1: COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal las conclusiones de la Comisión Investigadora Resolución 08/19 HCDEH, mediante la remisión de copia auténtica del Informe oportunamente elevado.-
Artículo N º 2: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal la iniciación de los correspondientes sumarios administrativos a fin de establecer la responsabilidad del personal dependiente del municipio por el incumplimiento de la legislación vigente en el marco de la ejecución de la obra de construcción de aulas en la Escuela 7727.
ARTÍCULO N° 3: ELEVAR a la Oficina Anticorrupción copia de las actuaciones de la Comisión Investigadora, a fin de que en el ejercicio de sus competencias efectúe una investigación preliminar de los hechos de los agentes públicos intervinientes a fin de establecer la existencia de conductas que puedan calificarse como delitos contra la administración pública.-
ARTÍCULO N°4: SOLICITAR al Ministerio de Infraestructura Planeamiento y Servicios Públicos de la Provincia que informe en forma inmediata, respecto de la obra de construcción de aulas en la Escuela 7727: monto de la obra, empresa comitente, plazo de la misma, y en su caso motivos de incumplimiento.
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.-.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 25 de septiembre del año 2019.