Instar al DEM para la apertura del Callejón Korecki
VISTO:
La Ley XVI N°46, las Notas Nº 335/23 y Nº 379/23;
Y CONSIDERANDO
Que a raíz de las fuertes lluvias de los días 13, 14 y 15 del mes de Septiembre del 2023, en contexto de alerta meteorológico determinado por la Protección Civil de la Provincia del Chubut, diferentes sectores de nuestra localidad se vieron afectados;
Que en parte de Catarata Sur, un deslave provocó la interrupción del tránsito por el Callejón Korecki, dejando familias aisladas en el otro extremo del mismo;
Que no es la primera vez que este callejón sufre algún tipo de interrupción por contingencias climáticas dejando aislados a los vecinos del sector;
Que por medio de Nota Recibida Nº 335/23 HCD MEH, los vecinos del sector expresan su preocupación y solicitan a est3 HCD intervenga en la situación, brindando solución por medio de la apertura a: la recolección de residuos, la mejor circulación, el acceso a la Ruta Nacional Nº 40, el acceso de servicio de emergencias y evitar el aislamiento por condiciones climáticas;
Que a raíz de dicha solicitud, se llevó a cabo el día 3 de octubre una reunión con la responsable a cargo de Protección Civil Municipal y la Secretaria de Gobierno;
Que el día 10 de octubre los ediles se reunieron con el Secretario de Planeamiento;
Que todos los intervinientes en el tratamiento del tema concuerdan en la urgencia existente y la importancia de dar continuidad al Callejón de acuerdo a lo solicitado por los vecinos del Sector;
Que garantizar la transitabilidad por el mismo, implica además garantizar la seguridad e integridad de todos los vecinos que habitan Catarata Sur ante las diferentes contingencias (incendios, nevadas, deslaves, etc.) permitiendo la circulación y en caso de ser necesario, las consecuentes evacuaciones;
Que la continuidad de la calle garantizaría además la accesibilidad de los servicios de emergencia (Policía, Bomberos Voluntarios, Hospital, Brigada de Incendios, entre otros);
Que según plano de mensura Nº 14.278 Expte. P 492/92 la calle se encuentra debidamente deslindada por lo que el DEM debe proceder a la apertura de la misma a fin de garantizar la circulación y procurar la seguridad de los vecinos de acuerdo a lo expresado en los párrafos anteriores;
POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:
COMUNICACIÓN
Articulo N° 1: INSTAR al DEM a arbitrar los medios que estime corresponder a fin de proceder a la apertura de la Calle de conformidad con la traza que surge de la copia de Planos de Mensura que como Anexo I, II, III , IV, V y VI forman parte integrante de la presente.-
Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 08 de Noviembre del año 2023.