HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Comunicar el apoyo al Gobernador Igancio Agustin Torres

VISTO:
La Ley XVI N°46, la Constitución de la Nación Argentina, la Ley Nacional N° 23548, los Decretos 161/91 y 1502/91, La Ley Nacional N° 25049, la Ley Nacional N° 25570 y la Ley N° 26075

Y CONSIDERANDO
Que nuestra Carta Magna establece como forma de gobierno para nuestro país la forma representativa, republicana y federal;

Que el Federalismo per se implica la convivencia de dos clases de gobiernos permitiendo el control y la cooperación entre los Estados Provinciales y el Estado Nacional;

Que por conducto de la Ley 23548 que data del año 1988, se establece el régimen de Coparticipación, determinando la distribución del producido de los tributos impuestos por el Estado Federal;

Que de acuerdo al Art. 3 de la Ley antes mencionada, corresponde que, del total, el 2% se distribuya entre cuatro Provincias puntuales correspondiéndole a Nuestra Provincia un 0,1433%;

Que de acuerdo al Art. 4 corresponde que del total producido, el 54,66% se distribuya entre las Provincias, correspondiendo a Chubut un 1,38%;

Que por Ley Nacional N° 25570 se ratifica el "Acuerdo Nación - provincias sobre relación financiera y bases de un régimen de coparticipación federal de impuestos";

Que, de acuerdo al Art. 99 de la CN, el Presidente de la Nación tiene entre sus atribuciones: 2. Expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias. Es decir, tiene el deber de hacer cumplir y por ende, como ciudadano de esta nación y Jefe Supremo de la Nación, jefe de gobierno y responsable político de la administración general del país (Art. 99 inc. 1 CN) cumplirlas;

Que el Gobierno Nacional, retuvo a nuestra Provincia $13.500.000.000 (trece mil quinientos millones de pesos) que correspondían a la coparticipación que periódicamente percibe el Gobierno Provincial;

Que, además, retuvo de manera arbitraria e ilegal, $8.000.000.000 (ocho mil millones de pesos) correspondientes a los meses de enero y febrero, de acuerdo a lo establecido por el Art. 9 de la Ley de Financiamiento Educativo (Ley 26.075);

Que según dichos del Ministro de Economía de la Nación la Provincia del Chubut se encontraba en deuda en concepto de los pagos correspondientes al Fondo Fiduciario de Desarrollo Provincial pero fue el mismo Vice gobernador de nuestra Provincia quien en sus declaraciones desmintió que ello fuera real dado que la Provincia solicitó el refinanciamiento de las Cuotas correspondientes a los meses de Diciembre 2023 y Enero 2024 de dicho Fondo, con el objetivo de mejorar la curva de vencimientos;

Que el argumento para solicitar dicha refinanciación es que la deuda con el Fondo prevé la actualización por CER implicando la altísima inflación que afecta a nuestro País y el cual las Provincias no se encuentran exentas, generando que la cancelación de la misma sea imposible salvo que se afecten los servicios esenciales del Estado Provincial;

Que, por otro lado, el Vice Gobernador declaró que el día 22 de Febrero la Provincia solicitó la autorización formal para cancelar la deuda con el FFDP con recursos obtenidos de emisión de títulos de deuda garantizados con regalías, y que a la fecha no se ha recibido contestación a dicha solicitud;

Que, el hecho de que el funcionamiento del Estado Provincial se vea afectado, repercute directamente sobre los ciudadanos contribuyendo a que se profundice la crisis económica y social que se vive en los últimos tiempos a lo largo y ancho de nuestro país afectando la cotidianeidad de la vida de los miembros de esta sociedad;

Que el Presidente de la Nación, Sr. Javier Milei, en su Red Social X dedicó un mensaje para el Sr. Gobernador y sus cómplices en el que cita el Art. 194 del Código Penal aduciendo que podrían los mismos ser reprimidos con prisión por sus actos, por otra parte, el día 23 del corriente realizó una nueva publicación indicando en tono intimidante que el dicente y el Gobernador de nuestra Provincia se verían en la Justicia;

Que el día 22 del corriente el gobernador junto con el Fiscal de Estado de la provincia, Dr. Andrés Giacomone, en Medida Autosatisfactiva contra el Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional - Secretaria de Transporte, solicita al Gobierno Nacional se abstenga de dictar y/o ejecutar cualquier acto que persiga la eliminación y/o reducción del Fondo Compensador del Interior con significación en el transporte urbano y suburbano de pasajeros en jurisdicción de la provincia del Chubut. Ya que como es sabido, en la provincia el transporte es una necesidad debido a las distancias y las inclemencias climáticas, más a partir de ahora que inicia el dictado de las clases en los colegios.

Que ante la solicitud el juez federal Hugo Ricardo Sastre se expidió a favor de la petición en los siguientes términos "HACER LUGAR a la medida autosatisfactiva solicitada por el Señor Lic. Ignacio Agustín TORRES en su calidad de Gobernador de la Provincial del Chubut; el Dr. Andrés GIACOMONE en su carácter de Fiscal de Estado de la Provincia del Chubut con el patrocinio letrado del Dr. Javier STAMPONE contra el Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional - Secretaria de Transporte, disponiendo se abstenga de dictar y/o ejecutar cualquier acto que persiga la eliminación y/o reducción del Fondo Compensador del Interior con significación en el transporte urbano y suburbano de pasajeros en jurisdicción de la provincia del Chubut..."

Que el Presidente de la Nación, debe bregar por el bienestar y la calidad de vida de todos quienes habitamos la República Argentina y sus decisiones respecto a los fondos que por Ley corresponden a nuestra Provincia hace que no solo se vea afectado el bienestar y la calidad de vida de los Chubutenses, sino también el normal funcionamiento del Estado Provincial perdiendo totalmente de vista todas las consecuencias que ello ocasiona;

Que este no resulta un hecho aislado de recortes que el Estado Federal viene realizando a los Estados Provinciales, ya que los mismos se suman al recorte del Fondo de Incentivo Docente y del Fondo Compensador del Transporte Urbano del Interior;

Que todo lo hasta aquí expuesto, y la retención tanto de los fondos coparticipables como de los fondos correspondientes a la Ley de Financiamiento Educativo constituyen un acto violatorio de la Ley y de los Derechos Provinciales y una flagrante violación de los principios fundamentales de autonomía provincial y del federalismo, ambos consagrados en nuestra Constitución Nacional;

Que tanto diversos gobernadores de distintas Provincias de Nuestro País como los gobernadores de la]Región Patagónica, los intendentes y jefes comunales de nuestra Provincia y distintas organizaciones de los diferentes estamentos (Asociaciones, Sindicatos, Universidades, entre otros) se han pronunciado a favor y en apoyo de la postura adoptada por el Sr. Gobernador de la Provincia de Chubut;

Que en sesión extraordinaria del día 26 de febrero del corriente, la Honorable Legislatura de Chubut trato un proyecto de Ley a través del cual se encomienda al poder Ejecutivo la Ejecución de todas las acciones administrativas, judiciales y medios alternativos que conduzcan a hacer cesar la ilegalidad y atropello del Gobierno Nacional, al retener fondos que por derecho le corresponden al Ejecutivo Provincial.

Que la Justicia Federal ante la presentación realizada por el Gobernador Torres fallo de manera autosatisfativa haciendo lugar a la medida solicitada por la Provincia de Chubut contra el Ejecutivo Nacional, Ministerio de economía disponiendo el cese de la retención que realizara en concepto de reembolso por prestamos acordados en el marco del fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

COMUNICACIÓN

Articulo N° 1: COMUNICAR al Gobernador de la Provincia del Chubut Sr. Ignacio Agustín Torres, el apoyo en la lucha que enarbola en defensa de los Derechos de todos los habitantes de la Provincia del Chubut y de la forma de gobierno que adopta nuestra Constitución Nacional para nuestro país toda vez que la misma resulte justa y necesaria.-

Artículo N° 2: COMUNICAR la presente a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut.-

Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, en sesión ordinaria del día 28 de febrero de 2024.-