Declarar de interes el Manual "Bomberos Nivel 1"
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, la presentación del Manual BV Nivel I en fecha 03 de Mayo del corriente;
Y CONSIDERANDO
Que en fecha 03 de Mayo del corriente, en sede de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo, se realizó el comienzo del período de Capacitación interna anual con la presencia de la Jefe de Cuerpo Activo y los Bomberos Voluntarios de nuestra localidad;
Que durante varios años el Sistema no contaba con manuales de referencia específicos a nivel provincial, lo que resultaba urgente y necesario el desarrollo de un Manual de formación para los nuevos Bomberos Voluntarios a fin de contar con una base teórica y práctica adaptada a la realidad;
Que en dicha jornada se realizó la presentación del Manual "Bombero Nivel I" que marca un hito para la institución local y a nivel Provincial,
Que el manual fue elaborado con el objetivo de compilar material existente, actualizarlo, ordenar contenidos, unificar criterios y brindar herramientas claras para la formación de los nuevos aspirantes a Bomberos Voluntarios,
Que toda la labor fue realizada en consonancia con los estándares establecidos por la Academia Nacional de Bomberos de la República Argentina, y las normas que rigen al Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios;
Que la edición, redacción, compilación, edición de imágenes y revisión estuvo a cargo del Cabo Lisandro Villalobo;
Que el mismo, resulta el primer manual de formación desarrollado específicamente por Bomberos Voluntarios de El Hoyo para Bomberos y que quedará a disposición de todos los cuarteles de Chubut que lo adopten como propio;
Que resulta fundamental reconocer la labor afrontada por la Institución de manera mancomunada, en pos del fortalecimiento y crecimiento del Sistema de Bomberos; destacando el apoyo de la Comisión Directiva y la Jefatura para la realización del trabajo presentado;
Que el Manual Bombero Nivel I, dejará una huella positiva en la formación de nuestras futuras generaciones de Bomberos Voluntarios;
Que el compromiso y la acción conjunta pone de manifiesto una vez más el rol fundamental que la Institución cumple en nuestra comunidad, y el sacrificio y la abnegación con la que nuestros Bomberos Voluntarios ejercen su profesión;
Que los mismos demuestran permanentemente su gran dedicación, compromiso y profesionalismo en cada intervención; como así también realizando guardias activas y pasivas a diario, capacitándose, capacitando a sus pares y a terceros, trabajando interinstitucionalmente, elaborando material de estudio, ampliando su labor notalmente sin limitarla de forma exclusiva al servicio que brindan a la comunidad los 365 días del año, las 24 horas del día sin excepciones y de forma absolutamente voluntaria;
Que este Honorable Concejo Deliberante, considera oportuno reconocer la labor de la Asociación, y en este caso especialmente del Cabo Lisando Villalobo quien con su trabajo no solo ha brindado una solución fundamental para el Sistema de Bomberos sino que ha puesto su capacidad a disposición para ello, dedicación, tiempo, y profesionalismo al servicio de la comunidad toda, de los futuros Bomberos Voluntarios de nuestra localidad y de toda la Provincia;
POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:
DECLARACION
Articulo N° 1: DECLARAR de Interés Cultural Municipal, el Manual "Bomberos Nivel I" de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo.
Artículo Nº 2: RECONOCER la labor de compilación, edición de texto e imágenes, redacción, edición y revisión, del Cabo Lisando Villalobo, Bombero Voluntario de nuestra localidad.-
Artículo Nº 3: COMUNICAR la presente al Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut para su conocimiento.-
Artículo Nº 4: COMUNICAR la presente a la Legislatura del Chubut solicitando la Declaración Provincial del mencionado Manual y el reconocimiento a quien dedicadamente realizó la edición del mismo.-
Artículo Nº 5: COMUNICAR la presente a la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo, a la Federación Chubutense de Bomberos Voluntarios, y a la Dirección Provincial de Capacitación.
Artículo Nº 6: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 07 de Mayo del año 2025