HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Plazo Fijo $450.000.

VISTO
El Decreto Nº 1185/16, La Ley XVI Nº 46 y la Ordenanza Municipal Nº 052/17;

Y CONSIDERANDO:
Que se otorgó un subsidio de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000), de parte del gobierno provincial, para la compra de un terreno lindante al Hospital, identificado catastralmente como Lote 8 Manzana 10, para la ampliación de dicho nosocomio.
Que por problemas en la escrituración de terreno, ya que se encuentra en sucesión, no se ha podido llevar a cabo la transacción destinada a la adquisición del mismo.
Que a los fines de dar mayor rendimiento a dichos fondos es necesario realizar la colocación a plazo fijo al monto mencionado.
Que los intereses que resulten de dicha colocación deberán ser utilizados exclusivamente en gastos que determine el Ejecutivo.

POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: FACULTAR al DEM a realizar la colocación a plazo fijo, por el término de 30 días, los saldos existentes en la cuenta Nº 202605/3 perteneciente a la cuenta General Municipalidad de El Hoyo.

Artículo Nº 2: Los intereses que genere la colocación establecida en el artículo Nº 1, serán exclusivamente para los gastos de la compra del terreno.-

Artículo Nº 3: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.-

Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 04 de abril del año 2018.-