HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Plazo fijo $2.000.000

VISTO
La Ley XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Que en el área de Rentas durante los meses de enero, febrero y marzo de 2018 se recaudó lo suficiente para realizar un ahorro interno de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000)
Que a los fines de dar mayor rendimiento a dichos fondos es necesario realizar la colocación a plazo fijo al monto mencionado.
Que los intereses que resulten de dicha colocación deberán ser utilizados exclusivamente en gastos que determine el Ejecutivo.

POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: FACULTAR al DEM a realizar la colocación a plazo fijo, por el término de 30 días, al monto establecido en los considerandos, en la cuenta Nº 202605/3 perteneciente a la cuenta General Municipalidad de El Hoyo.-

Artículo Nº 2: Los intereses que genere la colocación establecida en el artículo Nº 1, serán para gastos determinados por el Ejecutivo Municipal. Dicha colocación deberá ser realizada después de promulgada la presente e informada al Honorable Concejo Deliberante.-

Artículo Nº 3: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.-

Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 04 de abril del año 2018.-