Registro de oposición Call. Teresio Azocar
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, Ordenanza Nº 036/17,
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario continuar con la designación de nombres de calles en nuestra localidad.
Que no existe nombre designado para el callejón que da ingreso a las parcela 04 de la chacra 12 y a las chacras 10 y 11 del sector Catarata Sur de este ejido municipal.
Que el vecino Teresio Azócar ha sido poblador durante toda su vida de ese sector colaborando con la buena relación entre los vecinos y siendo parte indispensable para la apertura de este callejón.
Que el Honorable Concejo Deliberante a modo de dar una instancia más de participación para la designación de nombres de las calles de nuestro ejido implementa el sistema de Registro de Oposición;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Habilitar un registro de Oposición, con el fin de establecer la designación del nombre de "TERESIO AZOCAR" para la calle que nace en la ruta nacional 40 y da acceso a la parcela 04 de la chacra 12 y a las chacras 10 y 11 de la zona de Catarata Sur de este ejido municipal, según plano adjunto a la presente.
Artículo Nº 2: A los fines de su correcta implementación de lo expresado en el artículo Nº 1, se habilitará un libro de actas debidamente foliado y rubricado, el cual estará disponible en el Honorable Concejo Deliberante, por el término de 30 días a partir de promulgada la presente, donde cada persona que se oponga al proyecto propuesto deberá registrar:
a) Apellido, Nombre, DNI, Domicilio y firma.-
b) Expresar su oposición al proyecto.-
Artículo Nº 3: Si la oposición fuera superior al 50% de los residentes de dicho sector, quedará sin efecto la propuesta presentada.-
Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 16 de mayo de 2018.