HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Fraccionamiento Gomez Kaae

VISTO:
La ley provincial XVI Nº 46, la Ordenanza Municipal Nº 14/09, notas 050 y 176/2018.-

Y CONSIDERANDO:
Que existen zonas pobladas, que requieren ser regularizadas, por no encuadrar en la normativa vigente, respecto a superficies mínimas;
Que es voluntad de éste cuerpo deliberativo atender a la solicitud planteada

POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: La presente Ordenanza será de aplicación al fraccionamiento que pretende desarrollar el Sr. Javier Gómez Kaae DNI nº 27.940.975, ubicado en costa del río Epuyén, sector el Pedregoso; identificado catastralmente como; parcelas 40, 41, 42 y 43 de la chacra 4, sector 4, circunscripción 2, de este ejido Municipal.

Artículo Nº 2: junto a la solicitud de aprobación del proyecto de fraccionamiento, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
A.- Presentación del proyecto de mensura, localización, linderos, nomenclatura catastral, nombre y firma del propietario y del profesional. Las parcelas resultantes, no podrán ser menores a 2500 mts.2 de superficie. En el mismo proyecto, deberá referir espacios verdes, e indicar las parcelas que serán cedidas al municipio local, conforme lo establece la ordenanza 14/09.
B.- Presentación de la siguiente documentación técnica:
B.1.- Presentación de la memoria descriptiva de actividades a desarrollar dentro del área a fraccionar.-
B. 2.- Energía eléctrica: estudio de factibilidad aprobado por DGSP en base al proyecto, red de distribución, tipo y diámetro de cableado, tipo y ubicación de los postes.-
B.3.- Agua potable: estudio de factibilidad aprobado por DGSP en base al proyecto a ejecutarse que contemple red de distribución, cañerías tipo de material y diámetro, fuente de alimentación y elemento de potabilización. De ser necesario, en caso de perforación o toma de agua de arroyos o ríos deberá contar con una autorización del IPA.-
B.4.- Presentación del estudio de impacto ambiental (ley XI 53).-
B. 5. Dictámen legal del Instituto Provincial del Agua, atento la cercanía del lugar al Río Epuyén y el arroyo Larenas, el cual lo atraviesa.
Se aclara que la implementación de los servicios correspondientes citados en la presente, correrá a cuenta del particular interesado, promotor del fraccionamiento.-

Articulo Nº 3: los requisitos expuestos en el art. Anterior, deberán ser cumplimentados en un plazo de 12 meses desde la sanción de la presente ordenanza. Presentada la documentación por el propietario, el DEM deberá dar vista al HCD de la totalidad del proyecto para su conocimiento, por cinco días.-
Cumplida la vista al HCD, sin que éste cuerpo formule objeciones, el proyecto y su plano respectivo serán visados por el DEM.

Articulo Nº 4: para el fraccionamiento en cuestión serán válidas las siguientes especificaciones:
1.-Está permitido edificar en un 12 % de la superficie del terreno.-
2.- La altura máxima para toda edificación será de 10 mts.
3.- La superficie mínima de las parcelas será de 2.500 mts2.
4.- El propietario deberá incluir plano en escala adecuada que permita visualizar el proyecto en todas sus características
5.- Descripción detallada del sistema de tratamiento de los efluentes cloacales, cuyo proyecto, dirección y ejecución deberá ser aprobado por la municipalidad, teniendo esta última la facultad para inspeccionar la calidad del agua depurada cada vez que lo requiera y comprobar el destino final de los líquidos resultantes.-

Articulo Nº 5: respecto a las edificaciones que allí se efectúen, deberán cumplimentar las siguientes normas:
a) Se aceptará hasta el 10% en menos de las medidas mínimas exigidas únicamente aplicables hasta para dos fracciones contiguas.
b) Lado mínimo 15 (quince) metros lineales. c) Retiro de frente 7 (siete) metros lineales.
d) Retiro lateral mínimo, 7 (siete) metros lineales.
e) Retiro de fondo 7 (siete) metros lineales.
f) FOSV (factor de ocupación del suelo para vivienda del propietario o encargado):10 % (Diez por ciento)
g) FOST (factor de ocupación del suelo para edificaciones destinadas al turismo): 10 % (diez por ciento)
h) FOTV (factor de ocupación total vivienda): 10% (Diez por ciento)
i) FOTT (factor de ocupación total para edificaciones destinadas al turismo): 20% (veinte por ciento)
j) FDH (factor de densidad habitacional): variable
k) Altura máxima en vivienda y edificaciones: 10 (diez) metros. Solo podrán ubicarse por encima de la altura máxima permitida: tanques de distribución de agua, antenas para uso exclusivo del inmueble, pararrayos y conductos, chimeneas, instalaciones de acondicionamiento de aire y parapetos de carga.

Articulo N° 6: Para todos los casos establecidos en la presente El FOS no será tomado en cuenta sobre las superficies que se destinen a instalaciones para albergar animales, forrajes, maquinarias rurales, así como tampoco invernáculos.-

Artículo Nº 7: Cuando por razones fundadas, el municipio, necesite destinar tierras con algún fin específico de interés público, como ser, puestos sanitarios, depósitos para redes de distribución de agua, plantas reguladoras de gas, espacios para Juntas Vecinales, corralones municipales, canteras o cualquier otra necesidad relacionada con el interés general, en cualquier zona del ejido municipal, podrá hacerlo sin tener en cuenta lo normado en esta ordenanza.-

Articulo Nº 8: a los fines impositivos, las parcelas resultantes del proyecto, tributaran como aquellas ubicadas en planta urbana.-

Artículo Nº 9: la presente norma tiene carácter especial, y está destinada a regir exclusivamente el proyecto de fraccionamiento, y su desarrollo, presentado por el sr. Javier Gomez Kaae. En todo lo que no especifique, será de aplicación de manera supletoria, la ordenanza 14/09 de la municipalidad de El Hoyo.

Artículo Nº 10: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 07 de noviembre del año 2018.-