Moratoria 2018
VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, la Ley XVI Nº 10 y la Ordenanza 050/17;
Y CONSIDERANDO:
Que este municipio ha relevado una importante cantidad de deudas impositivas de distinta índole (impuestos, tasas y servicios);
Que es voluntad de este municipio volver a otorgarle a los contribuyentes la posibilidad de cancelar sus deudas a través de un régimen especial;
Que lo recaudado en virtud de esta moratoria sería de gran utilidad para afrontar la difícil situación económica por la que está atravesando nuestro país;
Que a los fines expuestos es necesario dictar la presente;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1: ESTABLECER por el plazo 60 días a partir del 05 de diciembre de 2018 al 5 de Febrero de 2019, un régimen especial de regularización de obligaciones tributarias y facilidades de pago para aquellos impuestos, tasas y contribuciones con sus respectivos accesorios y multas.-
Artículo Nº2: PODRÁN regularizarse las siguientes obligaciones:
a) Todos los impuestos, tasas y contribuciones con anterioridad al 30 de noviembre del 2018 que se encuentran en instancia administrativa y/o judicial.
b) Multas e Infracciones del Juzgado de Faltas con anterioridad al 30 de noviembre del 2017.
Artículo Nº3: EL CONTRIBUYENTE que se acoja al régimen establecido en la presente ordenanza deberá ser expresamente notificado de que en caso de incumplimiento del pago de la o las cuotas será objeto de ejecución judicial sin previa notificación a cuyo efecto el contenido se considerará fehacientemente notificado por la sola firma del convenio de pago.-
Articulo Nº 4: DETALLES DEL PLAN:
a) Pago Contado: se le aplicará una bonificación del 70% de los intereses resarcitorios y/o punitorios ya devengados a la fecha.
b) Pago en cuotas: de más de 1 cuota y hasta 6 cuotas mensuales y consecutivas la bonificación a aplicar será del 50% de los intereses.
c) En más de 6 cuotas y hasta 12 cuotas iguales y mensuales la bonificación será del 30%.
La financiación en cuotas no tendrá intereses alguno.
Articulo Nº 5: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente.-
Articulo Nº 6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión especial del día 12 de diciembre del año 2018.-