Agua potable R° Lobos
VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº XVI Nº 46 y la Nota recibida Nº 020/2017.
Y CONSIDERANDO:
Que desde la Junta Vecinal del Rincón de Lobos de nuestra Localidad se ha presentado la nota adjuntando el análisis bacteriológico de aguas de la red de agua potable, extraída en el sector del SUM de dicho paraje, certificado por la Dirección Provincial de Área Programática de la ciudad de Esquel, Departamento zonal de Salud Ambiental, siendo el resultado no apto para el consumo humano;
Que esta situación genera una gran preocupación por el potencial riesgo para la salud que cuenta la población de este sector;
Que es de suma importancia se pueda solucionar esta situación con la intervención de los organismos correspondientes y se realice un seguimiento y tratamiento de todos los sectores de nuestro ejido municipal
POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
COMUNICACION
Artículo Nº 1: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal se realicen todas las gestiones que sean necesarias ante los organismos correspondientes para dar solución a la problemática del agua potable del sector en cuestión y de todo el ejido municipal.
Artículo nº 2: Elevar copia de la presente Comunicación para su conocimiento y consideración a la Dirección General de Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, delegación Lago Puelo, Hospital Rural El Hoyo, Bromatología, Departamento Zonal de Salud Ambiental.
Artículo Nº 3: Regístrese, comuníquese, Publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 23 de febrero del año 2017.