Repudio bajas pensiones Discapacitados
VISTO:
El decreto del PEN 432/97, la CN art.75 y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº: XVI nº 46.-
Y CONSIDERANDO:
Que por la aplicación retroactiva del Decreto 432/97, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación ha procedido a dar de baja más de 150.000 Pensiones no Contributivas en todo el país desde Diciembre del 2015 hasta la fecha;
Que la baja de dichas pensiones está ocurriendo en forma creciente en nuestra Provincia afectando la calidad de vida presente y futura de cientos de ciudadanos chubutenses;
Que las Pensiones objetadas por el PEN y que está dando de baja corresponden fundamentalmente a Pensiones por Discapacidad;
Que en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Naciones Unidas a la cual la República Argentina adhirió en 2008, los Estados parte se comprometen a "asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad"
Que en el mismo sentido el artículo 75 de la Constitución Nacional en su inciso 23 dispone que corresponde al Congreso "legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad";
Que asimismo se han registrado bajas en las Pensiones correspondientes a vejez, invalidez y madres de siete hijos;
Que esto significa un claro retroceso en las políticas de contención social de los sectores más vulnerables de la sociedad quitando un beneficio vitalicio en el marco de una coyuntura de ajuste estructural del gasto público;
Que esta situación se ve asimismo agravada por el aumento inflacionario de la canasta básica de alimentos, la suspensión de los programas de acceso gratuito de la población a remedios del programa REMEDIAR y el aumento de la desocupación y pobreza en nuestro país;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: REPUDIAR la baja de las pensiones no contributivas realizadas por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
Artículo Nº 2: Exigir la pronta restitución de los derechos adquiridos a los beneficiarios de las Pensiones no Contributivas afectados por la aplicación del Decreto en cuestión.
Artículo Nº 3: Solicitar al Congreso de la Nación la pronta sanción de una Ley que en el marco de la Emergencia Social que atraviesa el país suspenda, mientras dure la misma, la quita de derechos sociales como el de las Pensiones no Contributivas.
Artículo Nº 4: Dese amplia difusión y comuníquese al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, Congreso de la Nación, Poder Ejecutivo Nacional, Legislatura del Chubut y Archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 14 de junio de 2017.-