HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Modifica años patente

VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, la Ordenanza Fiscal Nº 065/2008.-

Y CONSIDERANDO:
Que a través de la Ordenanza Nº 040/05 el Municipio ha adherido al Régimen de Responsabilidad Fiscal Instaurado por la Ley II Nº 64 y normas complementarias;

Que el Consejo de Responsabilidad Fiscal, los últimos años ha estado trabajando a nivel Provincial en la armonización de los impuestos, proponiendo y consensuando tasas a aplicar y modalidades de cobro, entre otras cuestiones;

Que para lograr dicha armonización en el impuesto Automotor, es necesario modificar las exenciones de los vehículos automotores cuyo modelo exceda los diez (10) años de antigüedad y llevarlo a los veinte (20) años de antigüedad;

Que dicha modificación se hará en dos etapas, aplicando dicha exención a vehículos automotores cuyo modelo exceda los quince (15) años de antigüedad en el año 2017, y los que excedan los veinte (20) años de antigüedad en el año 2018;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº1: MODIFIQUESE el Artículo nº 42, inciso b) de la Ordenanza Fiscal Nº 065/2008, que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo Nº 42: Están exentos del pago del impuesto:

b) Los vehículos automotores cuyo modelo, de acuerdo al título de propiedad, exceda los quince (15) años de antigüedad a partir del 01 de enero de 2017, y los que excedan los veinte (20) años de antigüedad a partir del 01 de enero de 2018.-

Artículo Nº2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 08 de marzo del año 2017.