HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Viviendas Policia

VISTO:
La ordenanza 124/2016 y La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46.

Y CONSIDERANDO:
Que por un ajuste de valores y un remanente surge la diferencia de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) de la Obra "Construcción de 1 (una) vivienda de 2 dormitorios y 1 (una) vivienda de 3 dormitorios para personal policial de Provincia";

Que es necesario incorporar las cuentas correspondientes a dicha obra en el presupuesto 2017;

Que a modo de cumplimentar con los requerimientos legales y administrativos resulta necesario dictar dicha norma;

POR ELLO Y:

En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RATIFICAR en todos sus términos el convenio Aporte No Reintegrable para la "CONSTRUCCIÓN DE DOS VIVIENDAS PARA LA POLICÍA", representada por el Sr. Gobernador Mario Das Neves y El Municipio de El Hoyo, representada por su Intendente Don. Daniel Cárdenas, que en copia se adjunta y forma parte integrante de la presente. -

Artículo Nº 2: INCORPORAR en el Anexo I de la de la Ordenanza 124/2016 HCD MEH, Ingresos Titulo "de Jurisdicción Provincial", el rubro:
01.02.02.91 CONSTRUCCIÓN DE DOS VIVIENDAS PARA LA POLICÍA (+) $50.000,00.

Artículo Nº 3: INCORPORAR en el Anexo II de la Ordenanza 124/2016 HCD MEH, Egresos Título "Trabajos Públicos", el rubro:
16.09.01.64 CONSTRUCCIÓN DE DOS VIVIENDAS PARA LA POLICÍA (+) $50.000,00.

Articulo Nº 4: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar los trabajos por si o por terceros, licitar, contratar, adjudicar, subcontratar, iniciar, certificar, dirigir, inspeccionar, y recibir el trabajo mediante el procedimiento administrativo que esta determine según el convenio mencionado en el articulo 1.

Articulo Nº 4: De forma.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 23 de febrero del año 2017