Cesión de terreno al IPV para 20 viviendas
VISTO:
La nota recibida nº 431/17 (N°3237 IPVyDU), presentada por el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano; la Ordenanza Municipal Nº 077/16 HCD MEH; el Plano de Mensura Expte. N° P-607-12; la solicitud del área de Obras Publicas y Particulares de la Municipalidad de EL HOYO; Y la ley XVI Nº - 46.-
Y CONSIDERANDO:
Que la nota mencionada en el visto hace referencia al pedido de solicitud de la Parcela 54, Chacra 5, Sector 3, Circunscripción 1, Plano Expte P-607-12 a nombre del IPVyDU, para la redistribución e incorporación de parcelas para la realización del conjunto habitacional de fin social;
Que es necesario realizar el mayor aprovechamiento de la tierra, aceptando la realización de 20 (veinte) viviendas según el anteproyecto adjunto realizado por el Ministerio de Haciendas, Obras y Servicios Públicos. Instituto Provincial de la Vivienda y desarrollo Urbano;
Que es de suma importancia la realización de viviendas sociales en nuestra localidad;
Que el anteproyecto contempla una superficie destinada a espacio público (plaza);
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Desafectar del dominio público la parcela 54, chacra 5, sector 3, circunscripción 1, plano expte. P-607-12.
Artículo Nº 2: Autorícese la cesión de la Parcela 54, Chacra 5, Sector 3, Circunscripción 1, Plano Expte. P-607-12 a favor del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia del Chubut, con el fin de realizar una redistribución con los lotes resultantes a la ordenanza N°077/16.
Artículo Nº 3: Aceptar el anteproyecto adjunto "anexo I" con 20 parcelas resultantes, para la realización de 20 (veinte) viviendas sociales, con el cargo de que se construyan unidades habitacionales, debiéndose iniciar la obra en un plazo no mayor a dos años, caso contrario el municipio queda facultado a retrotraer el dominio automáticamente.
Artículo Nº 4: El IPVyDU deberá acordar con la Municipalidad de El Hoyo el listado de beneficiarios, previo al otorgamiento de tal beneficio. -
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 31 de Mayo del año 2017. -