HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Moratoria 2017

VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, la Ley XVI Nº 10 y la Ordenanza 044/11;

Y CONSIDERANDO:
Que este municipio ha relevado una importante cantidad de deudas impositivas de distinta índole (impuestos, tasas y servicios)

Que es voluntad de este municipio darle una nueva oportunidad al contribuyente a los fines de que puedan regularizar su situación fiscal.

Que la demora en la implementación del nuevo sistema ha llevado a que algunos contribuyentes no hayan podido pagar en tiempo y forma sus tributos.

Que lo recaudado en virtud de esta moratoria sería de gran utilidad para mantener los servicios esenciales que brinda este municipio.

Que debido a la difícil situación económica por la que está atravesando esta Corporación Municipal es de gran importancia incrementar la recaudación por intermedio de este tipo de mecanismos.

Que a los fines expuestos es necesario dictar la presente;

POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Artículo Nº1: ESTABLECER por el plazo de 2 meses a partir del 15 de Junio al 15 de Agosto un régimen especial de regularización de obligaciones tributarias y facilidades de pago para aquellos impuestos, tasas y contribuciones con sus respectivos accesorios y multas.

Artículo Nº2: PODRAN regularizarse las siguientes obligaciones:
a) Todos los impuestos, tasas y contribuciones con anterioridad al 31 de Mayo del 2017 que se encuentran en instancia administrativa y/o judicial.
b) Multas e Infracciones del Juzgado de Faltas con anterioridad al 31 de Mayo del 2017. -

Artículo Nº3: EL CONTRIBUYENTE que se acoja al régimen establecido en la presente ordenanza deberá ser expresamente notificado de que en caso de incumplimiento del pago de la o las cuotas será objeto de ejecución judicial sin previa notificación a cuyo efecto el contenido se considerará fehacientemente notificado por la sola firma del convenio de pago.

Articulo Nº 4: DETALLES DEL PLAN:
a) Pago Contado: se le aplicará una bonificación del 70% de los intereses resarcitorios y/o punitorios ya devengados a la fecha.
b) Pago en cuotas: de más de 1 cuota y hasta 6 cuotas mensuales y consecutivas la bonificación a aplicar será del 50% de los intereses.
c) En más de 6 cuotas y hasta 12 cuotas iguales y mensuales la bonificación será del 30%.
La financiación en cuotas no tendrá interés alguno.

Artículo Nº 5: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a dictar las normas complementarias y reglamentarias que fueran necesarias para la puesta en vigencia y aplicación del régimen dispuesto en la presente ordenanza. -

Artículo Nº 6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 14 de junio del año 2017.