HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Modificar Ord. Menos Sal más Vida

VISTO:
La Ley XVI Nº 46, Ordenanza Municipal Nº 059/17.-

Y CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Municipal Nº 059 establece promover el consumo responsable de sal por parte de los clientes de restaurantes, confiterías, bares, pizzerías, locales de venta de comida rápidas y afines de la localidad de El Hoyo, limitando el ofrecimiento de saleros, sobres y cualquier otro dispositivo que permita el uso discrecional de sal; excepto que el consumidor asi lo requiera;

Que nuestro municipio se encuentra adherido al Programa Nacional de Municipios y Comunidades Saludables mediante la Ordenanza Municipal Nº 030/17, encontrándose en pleno trabajo con el objeto de constituirse en Municipio y Comunidad Saludable.

Que a los efectos de seguir promoviendo el cuidado de la salud de la población como asi también la toma de conciencia del uso adecuado de la sal en los menús que se ofrecen en los comercios habilitados al respecto se requiere incorporar a la normativa vigente la posibilidad de ofertas de menús sin agregado de sal, como también ofrecer sal en cantidades razonables a aquellos que lo requieran;
Que es voluntad de este Honorable cuerpo dictar una norma complementaria a la Ordenanza 059/17;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar l Ordenanza Municipal Nº 059/17 el Art. 3, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Será obligatorio por parte de los comercios alcanzados por la presente ordenanza, poner a disposición de los comensales que así lo requieran, sobres de sal de 0,5 gramos y ofrecer por escrito en la carta de menus, opciones alternativas de comida sin sal agregada". -

Artículo Nº 2: Modificar la Ordenanza Municipal Nº 059/17 el Art. 4, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Autorizar al Área de Inspectoría del Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las indagaciones y controles necesarios para asegurar el cumplimiento de la presente ordenanza. También este organismo deberá recepcionar las denuncias que realicen los particulares por el incumplimiento de la norma. A tal efecto se encuentra destinada la línea telefónica 02944- 471504". -

Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese. .-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 20 de septiembre del 2017. -