HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Renuncia Intendente Szudruk

VISTO:
Los Artículos 224, 225, 226, y 229 de la Constitución de la provincia de Chubut y los artículos 12 y 60 inc. 3 de la Ley XVI Nº 46 (antes ley 3098) Orgánica de Corporaciones Municipales, y la renuncia del Señor Intendente Municipal por razones de salud;

Y CONSIDERANDO:
Que el Señor Intendente Municipal ha presentado su renuncia de manera indeclinable al cargo de titular del Departamento Ejecutivo Municipal por razones de salud que le hacen imposible físicamente realizar las funciones inherentes al cargo;

Que este concejo vela por su pronta recuperación;

Que los artículos 224, 225, 226 y 229 de la Constitución de la provincia de Chubut, establecen que el municipio es comunidad sociopolítica con una entidad autónoma en sus distintas modalidades política, administrativa y financiera pero fundamentalmente institucional;

Que artículo 12 de la ley XVI Nº 46, establece que de producirse vacancia definitiva o temporaria no menor de diez (10) días, el Intendente será reemplazado por el candidato a Concejal, electo o no, que corresponda según el orden de prelación de la lista de su partido o agrupación;

Que el art. 60 inc. 3 de la misma ley dispone que es atribución y deber del Concejo Deliberante "Considerar la renuncia del Intendente"

Que es facultad de este Cuerpo Deliberativo hacer lugar a tan dolorosa manifestación del señor intendente municipal;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ACEPTAR la renuncia del Sr. Intendente Municipal de El Hoyo, Don Miguel Mirco Szudruk, a partir del día 22 de septiembre del 2017. -

Artículo Nº 2: DISPONER el reemplazo definitivo a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal, al Sr. Daniel Antonio CARDENAS DNI nº 26.441.808, desde el 22 de septiembre del 2017 hasta finalización del mandato (10 de diciembre de 2019), en su carácter de primer Concejal electo que corresponde por orden de prelación de la lista de su partido.

Artículo Nº 3: COMUNIQUESE a todas las áreas de gobierno municipal, provincial y nacional como así también a todos los medios de comunicación.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión especial del día 21 de septiembre del año 2017.